DECRETO 2781 DE 1983
(septiembre 29)
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5° del Acto legislativo número 1 de 1977 y,
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República estará ausente del país para atender entre otros los siguientes actos: En Nueva, York (Estados Unidos), ante la Asamblea General de la, ONU; en Roma (Italia), ante Su Santidad Juan Pablo, II; en Bruselas (Bélgica) ante las Comisiones de la Comunidad Económica Europea y del Parlamento Europeo; en Madrid (España) ante Su Majestad los Reyes de España; en Oviedo (España), ante la Fundación Príncipe de Asturias;
Que la ausencia del Presidente tendrá lugar desde el 4 de octubre de 1983 hasta el 9 de los mismos mes y año;
Que el Ministro de Relaciones Exteriores, por virtud de la precedencia establecida en las leyes y en consideración a su filiación política, está inhabilitado para ejercer las funciones como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1° Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República en razón de su viaje a que se refieren los considerandos de este Decreto, deléganse en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Rodrigo Lloreda Caicedo, las funciones correspondientes a los asuntos indicados en los numerales 5° 6° y 7° del artículo 118; numeral 2° del artículo 119 y numerales 2°, 3°, 6° y 7° del artículo 120 de la Constitución.
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 29 de septiembre de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Alfonso Ospina Ospina.