DECRETO 568 DE 1981

Decretos 1981

                                                                             

DECRETO 568  DE 1981

(marzo 9)    

     

por el  cual se aprueba el Acuerdo número 151 del 19 de agosto de 1980, emanado de la  Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior  —ICFES—, referente a la adopción de requisitos mínimos para conceder Licencias  de Funcionamiento y Aprobación a los Programas de Formación Universitaria en  Odontología.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus facultades legales,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1° Apruébase el Acuerdo número 151 del 19 de agosto de 1980, por el cual la  Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación  Superior —ICFES—, adoptó los requisitos mínimos para conceder Licencia de Funcionamiento  y Aprobación a los programas de Formación Universitaria en Odontología, cuyo  texto es el siguiente:    

     

ACUERDO NÚMERO 151 DE 1980    

(agosto 19)    

     

por el cual se adoptan los requisitos mínimos para  conceder Licencia de Funcionamiento y Aprobación a los programas de Formación  Universitaria en Odontología.    

     

La Junta Directiva del Instituto Colombiano para el  Fomento de la Educación Superior —ICFES—, en uso de sus atribuciones legales y  estatutarias y en especial de la que le confiere el artículo 6°, literal d),  del   Decreto  extraordinario 81 de 1980, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

Que la Junta ha considerado necesario para el desarrollo  armónico de la educación superior, establecer requisitos mínimos para la  creación y funcionamiento de programas en las diferentes áreas del saber, entre  ellas la de la Odontología,    

     

ACUERDA:    

     

Artículo primero. Adoptar los siguientes requisitos  mínimos para la creación, funcionamiento y aprobación de programas de Formación  Universitaria en odontología.    

     

CAPITULO I    

     

Información  general.    

     

1. FUNCIONES DEL ODONTOLOGO Y OBJETIVOS DEL PROGRAMA    

     

El Odontólogo es un profesional de la salud, capacitado  para realizar las siguientes funciones:    

     

Funciones.— Objetivos.    

     

Diagnóstico. — Reconocer la  normalidad y anormalidad de los tejidos que constituyen el sistema  estomatognático y su relación con el resto de sistemas del organismo humano.    

     

—  Reconocer los aspectos socio-culturales que inciden en la salud de la comunidad  y del individuo y su interrelación con el sistema estomatognático.    

     

— Participar en el diagnóstico de la situación de  salud y en el estudio socio-demográfico del país y de sus diferentes regiones.    

     

Preventiva. — Utilizar los diferentes métodos, técnicas y  procedimientos que existen para mantener el estado de normalidad de los tejidos  que constituyen el aparato estomatognático en el individuo y en los grupos de  mayor riesgo.    

     

Curativa. — Utilizar los diferentes métodos, técnicas y  procedimientos que existen a nivel de la comunidad y del individuo, para  corregir los estados de anormalidad de los tejidos que constituyen el aparato  estomatognático.    

     

Rehabilitadora. — Utilizar los diferentes métodos, técnicas y  procedimientos apropiados para recuperar la pérdida o disminución de los  tejidos que constituyen el aparato estomatognático y restablecer la función del  mismo en grupos e individuos, en interacción con otros miembros del equipo de  la salud.    

     

Docente. — Diseñar, promover y emplear metodologías  educativas directamente o a través de otros grupos, para crear actitudes  positivas en la comunidad, en el individuo y en el propio equipo de salud hacia  la conservación de la salud bucal.    

     

 — Aplicar la  tecnología educativa en el desarrollo de los programas formales para la preparación  de recursos humanos en odontología y en, los programas de educación continuada.    

     

Investigativa. — Aplicar el método científico en el desempeño de  todas sus funciones, tendiente a la evaluación de su propio trabajo y a la  creación de actitudes criticas ante las innovaciones, con el fin de contribuir  al mejoramiento de los sistemas de atención comunitaria.    

     

Administrativa. — Participar en el diseño y formulación de las  políticas nacionales y programas generales de salud y de salud oral, aplicando  el proceso administrativo en el desarrollo de los mismos, de acuerdo con sus  propias funciones y con el nivel de complejidad en donde se encuentre ubicado.    

     

2. OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE FORMACION UNIVERSITARIA EN  ODONTOLOGIA    

     

El  programa de Formación Universitaria en odontología busca los siguientes  objetivos en la formación de estudiantes:    

        

2.1.                    

Conocer el medio ecológico colombiano e identificar los    problemas que repercuten en el desarrollo y el bienestar social.   

2.2.                    

Participar activamente como miembro del equipo de salud    en el estudio y solución de problemas de salud individuales y colectivos.   

2.3.                    

Diagnosticar alteraciones de la salud bucal y aplicar    conocimientos y técnicas para la prevención, tratamiento y rehabilitación de    dichas alteraciones y fomentar la salud oral.   

2.4.                    

Participar en el proceso de toma de decisiones que    inciden en el bienestar de la comunidad.   

2.5.                    

Aplicar el proceso administrativo en los distintos    niveles de su actividad profesional.   

2.6.                    

Participar en la capacitación del recurso humano en    odontología.   

2.7.                    

Desarrollar actitudes hacia la investigación, la    docencia, la autoformación y el propio perfeccionamiento cultural y científico.   

2.8.                    

Cumplir con las normas éticas y legales vigentes.      

     

3. PRINCIPIOS    

     

Dentro del plan de estudios para la formación  universitaria en odontología se toman en cuenta los siguientes principios  básicos:    

        

a)                    

Enseñanza-aprendizaje    en el trabajo. Este principio establece que el estudiante debe    tener la oportunidad de poner en práctica en forma inmediata los    conocimientos, las destrezas y actitudes que adquiera, según el nivel de    escolaridad con sentido profesional y en condiciones de la vida real. Es    decir, que en la medida que avanza en sus estudios, presta un servicio    profesional a la comunidad, bajo tutoría.   

b)                    

Dominio    del método científico. Con este principio que utiliza el estudiante    desde el primer momento, recibe una formación científica y práctica en    contraposición con la formación memorística y experimental, que predomina en    la enseñanza tradicional.   

c)                    

Educación    para la investigación de los problemas regionales y nacionales de salud. El    plan de estudios estimula al alumno a interesarse primordialmente por la    problemática sanitaria regional y nacional, sin detrimento de una preparación    idónea, en los avances de la medicina universal.   

d)                    

Nueva    concepción de la relación profesor-estudiante. Se    sustituye el eje tradicional “profesor-estudiante” en el cual el    alumno pasivamente cumple el programa que el profesor diseña, adquiere los    conocimientos y desarrolla las destrezas que el profesor selecciona, por el    eje “estudiante-comunidad”, en el cual el profesor pasa a ser el    tutor, asesor, guía y el estudiante es elemento activo en el proceso de    aprendizaje.   

e)                    

Enseñanza    integrada. La enseñanza tradicional por asignatura se sustituye    por el método de enseñanza-aprendizaje en unidades organizadas de acuerdo con    el nivel de sus conocimientos y la demanda de su mejor formación profesional;    según el grado de complejidad de la población sana y enferma recibe los    conocimientos científicos que le servirán de base a la práctica clínica y a    la formación social y odontológica preventiva.   

f)                    

Estudio    multicausal. Significa que estará de acuerdo con el hecho de que las    condiciones patológicas deben estudiarse con el criterio de que muchas veces    son generadas por un conjunto de causas, algunas de las cuales son    determinantes y no solo una causa biológica o socio-económica o psicológica.   

g)                    

Trabajo    multidisciplinario. El plan de estudios establece que el odontólogo    debe conocer las funciones y responsabilidades de las otras profesiones de la    salud, con el criterio de que no es por medio de acciones individuales que se    resuelven los problemas sino por el trabajo de un grupo.   

h)                    

Contacto    precoz del estudiante con la realidad de salud. El    plan de estudios establece la vinculación temprana del estudiante con la    comunidad, la familia y el individuo.   

i)                    

Adiestramiento    permanente y sistemático en la práctica del autoaprendizaje. Se    ha instituido en la Escuela, el hábito de auto-aprendizaje que debe practicar    el alumno durante sus estudios y luego a lo largo de su ejercicio    profesional.   

j)                    

Utilización    del sistema institucional de salud en la enseñanza. Las    instituciones de salud se han integrado en la acción fundamental de trabajo    aprendizaje, así que el estudiante debe hacer rotación por los diferentes    niveles de atención de salud que le permiten un modelo estructurado, basado    en un contenido de complejidad creciente.   

k)                    

Introducción    a la tecnología educacional moderna. Los profesores se han    capacitado en las modernas técnicas educativas, empleando los procesos de    auto-instrucción y desarrollo de modelos o módulos de aprendizaje que    facilitan la enseñanza integrada y utilizan el criterio de complejidad    creciente.   

l)                    

Es norma general que rige las actividades de los alumnos    la disciplina de confianza, la cual se basa en el cumplimiento de sus deberes    por convicción y no por coacción de índole alguna.      

     

CAPITULO II    

     

Trámite  de las autorizaciones parra la creación de un programa de formación  universitaria en odontología.    

     

1. PROCEDIMIENTO    

     

Todo programa de formación universitaria en odontología  debe funcionar en instituciones que tengan personería jurídica como institución  de educación superior.    

     

Cuando se trate de una institución nueva, debe solicitarse  su personería jurídica, de acuerdo con las disposiciones vigentes de educación  superior.    

     

Obtenida la personería jurídica, el trámite de las  autorizaciones correspondientes para el funcionamiento de un programa de  formación universitaria en odontología, seguirá el siguiente procedimiento:    

        

1.1.                    

El ICFES nombrará una comisión evaluadora, en la cual    podrán participar uno o dos observadores nombrados por el Consejo Nacional de    Formación de Recursos Humanos para la Salud.   

1.2.                    

En caso de que el concepto emitido por la-comisión    evaluadora sea favorable, se otorgará la primera licencia de funcionamiento,    la cual tendrá como máximo un (1) año de vigencia y se prorrogará o negará de    acuerdo con las evaluaciones que realice el ICFES.   

1.3.                    

Una vez completado el desarrollo del plan de estudio y    se obtenga la licencia de funcionamiento para todos los semestres del    programa, se realizará una evaluación global del programa para otorgar la    aprobación y la respectiva autorización para la expedición del título de    Odontólogo.   

1.4.                    

Cada cinco (5) años o menos si es necesario, a parir de    la aprobación del programa y la autorización para expedición de títulos, el    ICFES, siguiendo la metodología citada, hará una evaluación general del    programa y concederá la renovación por el tiempo que considere conveniente,    recomendará modificaciones para que se cumplan en un lapso dado o determinará    su cancelación, si es del caso.      

     

2. GUIA PARA LA ELABORACION DEL ESTUDIO DE FACTIAILIDAD    

     

Este estudio tiene por objeto demostrar con suficiente  claridad la necesidad y conveniencia del programa; consiste en un análisis a  nivel nacional y regional de las necesidades actuales y futuras del odontólogo  y de las posibilidades de su utilización dentro del sistema nacional de salud.    

     

En este estudio se demostrará la viabilidad y calidad del  programa, mediante un análisis completo de los aspectos institucionales  generales, de la organización y la administración, financieros, académicos,  físicos y humanos, para un período mínimo igual a la duración total de la  carrera en los aspectos académicos, y de 10 años, en los aspectos financieros.    

     

Incluirá además, un análisis de las características  generales de la institución que desarrollará el programa e igualmente un  análisis de las características específicas del mismo.    

     

2.1. En el análsis se tendrán ‘en cuenta, las políticas  de:    

     

— Desarrollo social y económico  del país.    

— Salud.    

— Salud oral.    

— Educación.    

— Desarrollo de Recursos Humanos  en Salud Oral.    

     

2.2. Las necesidades de salud oral en función de la  situación epidemiológica de la comunidad.    

     

Necesidades actuales de odontólogos a nivel nacional y  regional frente a indicadores de población, accesibilidad, morbilidad y metas  programáticas.    

     

Demanda futura de servicios odontológicos a nivel nacional  r y regional frente a posibles cambios de políticas, al desarrollo del Sistema  Nacional de Salud, a la evolución de las características de la comunidad y a  los cambios científicos y tecnológicos en la prestación de servicios de salud  oral.    

     

2.3. La ocupación del personal de salud oral especialmente  en la región:    

     

— Funciones del equipo humano de  salud oral.    

— Estudio de productividad y de  la comunidad en general.    

—  Capacidad de absorción actual y futura, por parte del sistema nacional de salud  y de la comunidad en general, del recurso humano formado por el sector  educativo.    

     

2.4. La  oferta nacional y regional de recursos humanos de salud oral. Análisis de la  oferta de recursos humanos en salud.    

     

Instituciones docentes y producción actual y esperada de  recursos humanes para la salud oral, a nivel nacional y regional.    

     

2.5. Análisis de las características generales de la  institución que desarrollará el programa.    

     

Debe presentarse en relación con los siguientes aspectos:    

     

— Ubicación.    

— Naturaleza.    

— Gobierno.    

— Antigüedad.    

— Carta organizativa.    

— Programas en desarrollo en el  área de la salud.    

—  Descripción de Programas de bienestar, susceptibles de ser utilizados por  profesores y estudiantes y que promuevan el desarrollo integral del alumno.    

     

2.6.  Análisis de las características específicas del programa.    

     

Estas deben ceñirse a las definidas en el capítulo III de  este documento.    

     

2.6.1. Plan de estudios:    

     

— Duración total del programa en  semestres, horas y unidades de labor académica.    

— Estructura del currículum:  área básica, área de técnicas profesionales y área social.    

— Grado de integración de estas  áreas.    

— Integración  docente-asistencial.    

—  Asignaturas objetivos, intensidad horaria, contenidos, metodología de la  enseñanza, sistema de evaluación y bibliografía.    

— Programas de investigación.    

— Sistemas de evaluación  educativa, del estudiante y del programa.    

— Estatutos y reglamentos del  área académica.    

— Proyección de la matrícula a  cinco años.    

     

2.6.2. Estructura administrativa:    

     

—  Dependencia administrativa del programa y su relación con otros programas que  adelanta la institución.    

— Carta  organizativa. Deben definirse claramente las funciones y la composición de los  organismos de dirección y las funciones de cada una de las dependencias.    

— Líneas  de dirección y asesoría.    

—  Comités y funciones. Deben describirse la constitución y funciones de cada uno  de los comités y anexar los reglamentos correspondientes.    

—  Estatutos y reglamentos del área administrativa.    

     

2.6.3. Recursos humanos:    

     

— Plan de cargos administrativos  y funciones.    

     

— Plan de cargos docentes por  áreas. Debe anexarse hoja de vida de posibles docentes.    

     

— Plan de capacitación de  docentes.    

     

2.6.4.  Recursos físicos:    

     

— Areas  y dotación para la administración del programa.    

     

— Aulas.    

     

— Areas  de laboratorio, anfiteatro y hospital    

     

— Areas de  biblioteca y medios audiovisuales.    

     

— Areas  de bienestar. Deben presentarse planes detallados sobre los servicios que se  van a prestar a profesores, estudiantes y personal administrativo. Estos planes  se presentarán anualmente para el año siguiente a medida que se desarrolla el  programa.    

     

—  Dotación de equipos. Se debe establecer la disponibilidad presupuestal para la  adquisición de equipos según el número de alumnos. Aquellos en existencia o su  adquisición dentro de un plan definido.    

     

2.6.5. Recursos financieros:    

     

— Debe  presentarse un presupuesto de inversiones iniciales y anuales sucesivas para un  período de 10 años y el presupuesto de funcionamiento para los 5 años de  duración de la carrera.    

     

Requisitos mínimos, Certificación año por año de  fuentes de financiación para inversión y funcionamiento y certificación de las  apropiaciones presupuestales correspondientes.    

     

Costo estimado de la matrícula por estudiantes y  por año para toda la carrera, tomando en consideración los gastos de  funcionamiento para el período de duración total de la carrera y de la  inversión para un período de 10 años. Se debe acompañar una descripción  detallada del procedimiento empleado para determinar el costo de la matrícula.    

     

CAPITULO III    

     

Requisitos  mínimos    

     

Todo programa de formación universitaria en odontología,  debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:    

     

1. ESTRUCTURA DEL PLAN DE ESTUDIOS    

     

Las áreas o componentes del conocimiento para lograr los  objetivos del plan de estudios, serán los siguientes:    

     

1.1. Componentes de las ciencias básicas: (40-45% del  tiempo total):    

     

Método científico.    

Biología.    

Morfologiá-fisiología humana.    

Bioquímica.    

Patología general y bucal.    

Medicina oral e interna.    

Microbiología.    

Semiología.    

Farmacología.    

Epidemiología.    

Bio-materiales.    

     

1.2.  Componentes de las técnicas específicas profesionales: (40-45% del tiempo  total):    

     

Laboratorio de morfofisiología de la oclusión.    

Laboratorio de técnicas de rehabilitación.    

Clínica integral.    

Práctica hospitalaria.    

     

1.3.  Componentes de las ciencias sociales: (10-20% del tiempo total):    

     

Psicología.    

Socio-antropología.    

Administración.    

Bio-estadística.    

Salud pública.    

Metodología de la investigación.    

Técnicas de la comunicación.    

Legislación y ética profesional.    

Humanidades:    

     

Los componentes de las ciencias básicas, técnicas  específicas profesionales y sociales, deben integrarse y permitir la práctica  temprana con pacientes y comunidad. La práctica con pacientes no debe tener una  duración inferior a cuatro semestres y debe realizarse en todos los niveles de  regionalización de la atención odontológica.    

     

Los estudiantes de odontología deberán hacer una  rotación con intensidades académicas definidas por los servicios hospitalarios,  de consulta externa, hospitalización y urgencias con énfasis en la atención  maternoinfantil, medicina interna y cirugía.    

     

2. DURACION    

     

La duración total del programa no debe ser inferior  a las unidades de labor académica que establezca el ICFES y las cuales serán  equivalentes a una intensidad mínima de 5.000 horas docencia. No se reconocerá  como parte del programa o del sistema de selección de estudiantes, los cursos  pre-universitarios.    

     

3. ADMISIONES    

     

El número de estudiantes que ingresan al primer  semestre no puede exceder en más de un 20% al número de estudiantes que pueden  hacer uso de la capacidad clínica mínima instalada. El cupo será autorizado por  el ICFES.    

     

4. ESTRUCTURA ACADÉMICA    

     

El programa de odontología debe estar adscrito a  una institución de educación superior que desarrolle simultáneamente un  programa de medicina. Es indispensable el vínculo con una institución  hospitalaria de asistencia general propia.    

     

La utilización de los campos de práctica debe  ceñirse a las normas estipuladas en el   Decreto 1210 de 1978  sobre integración docente-asistencial y a los demás requisitos que establezca  el ICFES sobre la materia.    

     

La organización académica debe contar con los  siguientes comités, les cuales pueden ser generales para la Universidad o  específicos para el programa:    

     

— Admisiones.    

— Evaluación y promoción de docentes.    

— Bienestar universitario.    

— Biblioteca y ayudas audio-visuales.    

— Investigación.    

     

Además de los comités anteriores, deben existir  como comités específicos para el programa o generales para el área de la salud,  los siguientes:    

     

— Currículum.    

— Evaluación y promoción de estudiantes.    

— Coordinación docente-asistencial.    

     

La facultad debe programar prácticas con personal  auxiliar de odontología, de las diferentes categorías con el fin de formar a  los estudiantes en el conocimiento y manejo de este recurso humano.    

     

5. RELACION DOCENTE/ESTUDIANTE    

     

En cada una de las ciencias básicas una hora  docente/día por cada dos estudiantes o un docente de tiempo completo (8  horas/día) por cada 20 estudiantes. En cada una de las ciencias técnicas  profesionales, una hora docente día por cada estudiante o un docente de tiempo  completo (8 horas/día) por cada 10 estudiantes, Por lo menos el 20% de los  docentes debe ser de tiempo completo.    

     

Los docentes deben ser deben ser de alta  calificación académica, demostrada mediante certificados de estudios, título  legalmente registrado y experiencia en el área correspondiente.    

     

6. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA    

     

La institución dentro de la cual va a crearse un  programa universitario de odontología debe tener personería jurídica como  institución de educación superior, deben existir como mínimo tres (3)  reparticiones administrativas de acuerdo con la estructura del plan de estudios.    

     

Los cargos de Decano o Director y de Directores o  Jefes de carda una de dichas reparticiones administrativas, deben ser de tiempo  completo.    

     

El programa debe contar directamente o a través de  la organización de la Universidad, con dependencias que cumplan las siguientes  funciones:    

     

— Administración general.    

— Presupuesto.    

— Contabilidad.    

— Pagaduría.    

— Personal.    

— Suministros, almacén y mantenimiento.    

     

7. RECONOCIMIENTO LEGAL DE LOS TITULOS    

     

Al terminar y aprobar el programa, el estudiante  tendrá derecho a recibir el título profesional, de acuerdo con las normas  establecidas por el Gobierno para tal efecto.    

     

8. PLANTA FISICA Y DOTACION BASICA    

     

8.1.    Planta física    

     

La Planta física debe contemplar aulas suficientes y  adecuadas, y además, áreas destinadas en forma precisa a las dependencias  académicas y a las administrativas enumeradas en los numerales 4 y 6 del  presente capítulo.    

     

8.2. Dotación    para el área de las ciencias básicas    

     

Número suficiente de mesas de disección, cada una de las  cuales en ningún caso debe ser utilizada por más de 4 estudiantes en cada  sesión de clase.    

     

El laboratorio de morfología podrá complementarse  con un museo de piezas anatómicas suficientes para ser utilizadas por un máximo  de dos (2) alumnos por sesión. Se deberán tener dos juegos de placas de  preparaciones por cada microscopio.    

     

El 50% de entes microscopios deben ser adquiridos  antes de iniciar el primer semestre.    

     

Laboratorios para demostración en grupos y  prácticas individuales con la dotación adecuada para la enseñanza de ciencias  fisiológicas, farmacología, toxicología, microbiología, parasitología,  patalogía, bioquímica y laboratorio clínico, de acuerdo con listas de equipos y  elementos básicos que suministrará periódicamente el ICFES.    

     

8.3. Dotación para el área de las técnicas  profesionales específicas:    

     

8.3.1. Laboratorio:    

     

— Dotación para técnicas radiológicas (un equipo  para ser utilizado por un máximo de 10 alumnos por sesión).    

— Sala de interpretación (un puesto para ser  utilizado por dos (2) alumnos por sesión).    

— Local apropiado para tratamiento de yesos. (Un  puesto por cada alumno, por sesión). Además local con mesas para otros usos de  laboratorio.    

— Fantomas (1 para ser utilizado por cada alumno,  por sesión de clase).    

— Local para depósito de materiales.    

— Motores colgantes o de brazo, con pieza de mano  (1 por cada alumno, por sesión). Mecheros para gas o alcohol (1 por puesto.).    

— Hornos para evaporación colados (1 para ser  utilizado por cada 10 alumnos, por sesión).    

— Centrífugas (1 para ser utilizada por grupos de  10 alumnos, por sesión de clase).    

— Sopletes para fundición (oro) (1 por centrífuga).    

— Soplete para fundición de metales de alta fusión  (1 para ser utilizado por cada 15 alumnos, por sesión).    

— Recortadoras para yeso (1 para ser utilizada por  cada 10 alumnos, por sesión de clase).    

— Tornos para pulir acrílicos (1 para ser  utilizados por cada 10 alumnos, por sesión de clase).    

— Vibradores para yeso (1 para ser utilizado por  cada 10 alumnos, por sesión de clase).    

— Vac-u-vestrol (revestimiento al vacío) (1 para  ser utilizado por cada 15 alumnos, por sesión de clase).    

— Horno para fundición y preparación de porcelana  al vacío con todos sus elementos (1 para ser utilizado por cada 25 alumnos, por  sesión de clase).    

     

8.3.2. Clínicas:    

     

— Espacio amplio y ventilado para sala de espera de  pacientes.    

— Tres salas para demostraciones clínicas con  equipo y dotaciones odontológicas completas.    

— Equipos de rayos X para pariapicales (1 para ser  utilizado por cada 10 alumnos, por sesión de clase).    

— Cefalostatos para rayos X extraorales y dos  equipos de rayos X, adecuados para tal fin.    

— Un local para revelado, con todos sus elementos  (1 parra ser utilizado por cada 10 alumnos, por sesión de clase).    

— Un local para estadística y archivo.    

— Clínicas con unidades completas con micromotor (o  baja velocidad) y airotor (alta velocidad), aspirador, jeringa de agua y aire,  lámpara, escupidera: (1 por cada alumno (1) admitido en el primer semestre, o 1  por cada 2 alumnos de semestres clínicos en el programa completo, por sesión de  práctica).    

— Equipo para esterilización calor seco (1 por 10  equipos).    

— Equipos para esterilización autoclaves para  clínica (1 por clínica).    

— Locales apropiados para almacenar y distribuir  materiales en la clínica (1 por clínica).    

— Succionadores quirúrgicos (eléctricos) (1 por  cada 5 equipos).    

— Equipos de oxígeno para emergencias (portátil) (1  x clínica).    

     

8.3.5  Area quirúrgica:    

     

Equipo  eléctrico:    

— Lámpara cielítica.    

— Lámpara adicional de pie.    

— Tornas de corriente eléctrica, en número  suficiente.    

     

Equipo  anestesia:    

— Equipo de anestesia (pequeño) con su planta de  gases (oxígeno-óxido nitroso).    

     

Equipos  adicionales:    

— Laringoscopio.    

— Tubos para intubación endo-traqueal.    

— Máscaras para gases (adultos infantes).    

— Succionador.    

     

Mesas:    

— Mesa de instrumentación.    

— Mesa de mayo.    

— Mesa de operaciones o la unidad odontológica  integrada.    

     

Instrumental  odontológico:    

— Dotación operatoria.    

— Dotación para cirugía menor.    

     

Equipo  móvil:    

— Carro de curaciones.    

— Canecas rodantes.    

— Compresores.    

     

Recuperación:    

— Sala con número de camas de acuerdo con el  movimiento del servicio.    

     

Ortodoncia:    

— Soldadores de punto (1 para ser utilizado por cada  10 alumnos, por sesión).    

— Negatoscopios (1 para ser utilizado por cada 10  alumnos, por sesión).    

     

8.4.    Dotación  especial    

     

La biblioteca odontológica debe disponer, antes de  la iniciación de cada período académico, como mínimo de cinco títulos diferentes  de libros actualizados por asignatura, con un promedio de 10 libros por título,  y con una proporción adecuada con el número de alumnos. Además de todas las  publicaciones periódicas nacionales, debe contar como mínimo con 10  suscripciones vigentes de publicaciones periódicas extranjeras. El ICFES  suministrará el listado mínimo de publicaciones periódicas actualizado, según  las áreas y asignaturas del plan de estudios.    

     

Debe garantizarse la existencia y utilización  adecuada de suficientes equipos audiovisuales para las distintas áreas de  enseñanza y de materiales audiovisuales apropiados para cada asignatura.    

     

Las instalaciones del área administrativa y la  dotación anterior pueden ser compartidas con otros programas de la institución.    

     

Artículo  segundo. Los requisitos mínimos contenidos en el presente Acuerdo, son de  obligatoria aplicación para todo nuevo programa de odontología que tramite  licencia de funcionamiento o aprobación ante el ICFES.    

     

Artículo tercero. Aquellas instituciones de educación  superior que ofrecen programas en el área de la salud, actualmente aprobados y  que deseen abrir nuevos programas en este campo, tendrán que demostrar que  poseen el recurso hospitalario propio.    

     

Artículo cuarto. (Transitorio). Los programas de odontología  que cuentan con licencia de iniciación de labores, licencia de funcionamiento o  con aprobación, tendrán un plazo de tres (3) años, a partir de la vigencia del  presente Acuerdo, para ceñirse a las disposiciones en él contenidas.    

     

Artículo quinto. El presente Acuerdo rige a partir de su  aprobación por parte del Gobierno Nacional.    

     

Comuníquese.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de agosto de 1980.    

     

(Fdo.)    Guillermo  Angulo Gómez    

Presidente    

     

Rosalinde  P. de Joachim    

Secretario”.    

     

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha  de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

     

Publíquese y cúmplase.    

     

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de marzo de 1981.    

     

JULIO CESAR TURBAY AYALA    

     

El Ministro de Educación Nacional,    

Guillermo  Angulo Gómez          

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