DECRETO 568 DE 1981
(marzo 9)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 151 del 19 de agosto de 1980, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior —ICFES—, referente a la adopción de requisitos mínimos para conceder Licencias de Funcionamiento y Aprobación a los Programas de Formación Universitaria en Odontología.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 151 del 19 de agosto de 1980, por el cual la Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior —ICFES—, adoptó los requisitos mínimos para conceder Licencia de Funcionamiento y Aprobación a los programas de Formación Universitaria en Odontología, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 151 DE 1980
(agosto 19)
por el cual se adoptan los requisitos mínimos para conceder Licencia de Funcionamiento y Aprobación a los programas de Formación Universitaria en Odontología.
La Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior —ICFES—, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial de la que le confiere el artículo 6°, literal d), del Decreto extraordinario 81 de 1980, y
CONSIDERANDO:
Que la Junta ha considerado necesario para el desarrollo armónico de la educación superior, establecer requisitos mínimos para la creación y funcionamiento de programas en las diferentes áreas del saber, entre ellas la de la Odontología,
ACUERDA:
Artículo primero. Adoptar los siguientes requisitos mínimos para la creación, funcionamiento y aprobación de programas de Formación Universitaria en odontología.
CAPITULO I
Información general.
1. FUNCIONES DEL ODONTOLOGO Y OBJETIVOS DEL PROGRAMA
El Odontólogo es un profesional de la salud, capacitado para realizar las siguientes funciones:
Funciones.— Objetivos.
Diagnóstico. — Reconocer la normalidad y anormalidad de los tejidos que constituyen el sistema estomatognático y su relación con el resto de sistemas del organismo humano.
— Reconocer los aspectos socio-culturales que inciden en la salud de la comunidad y del individuo y su interrelación con el sistema estomatognático.
— Participar en el diagnóstico de la situación de salud y en el estudio socio-demográfico del país y de sus diferentes regiones.
Preventiva. — Utilizar los diferentes métodos, técnicas y procedimientos que existen para mantener el estado de normalidad de los tejidos que constituyen el aparato estomatognático en el individuo y en los grupos de mayor riesgo.
Curativa. — Utilizar los diferentes métodos, técnicas y procedimientos que existen a nivel de la comunidad y del individuo, para corregir los estados de anormalidad de los tejidos que constituyen el aparato estomatognático.
Rehabilitadora. — Utilizar los diferentes métodos, técnicas y procedimientos apropiados para recuperar la pérdida o disminución de los tejidos que constituyen el aparato estomatognático y restablecer la función del mismo en grupos e individuos, en interacción con otros miembros del equipo de la salud.
Docente. — Diseñar, promover y emplear metodologías educativas directamente o a través de otros grupos, para crear actitudes positivas en la comunidad, en el individuo y en el propio equipo de salud hacia la conservación de la salud bucal.
— Aplicar la tecnología educativa en el desarrollo de los programas formales para la preparación de recursos humanos en odontología y en, los programas de educación continuada.
Investigativa. — Aplicar el método científico en el desempeño de todas sus funciones, tendiente a la evaluación de su propio trabajo y a la creación de actitudes criticas ante las innovaciones, con el fin de contribuir al mejoramiento de los sistemas de atención comunitaria.
Administrativa. — Participar en el diseño y formulación de las políticas nacionales y programas generales de salud y de salud oral, aplicando el proceso administrativo en el desarrollo de los mismos, de acuerdo con sus propias funciones y con el nivel de complejidad en donde se encuentre ubicado.
2. OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE FORMACION UNIVERSITARIA EN ODONTOLOGIA
El programa de Formación Universitaria en odontología busca los siguientes objetivos en la formación de estudiantes:
2.1.
Conocer el medio ecológico colombiano e identificar los problemas que repercuten en el desarrollo y el bienestar social.
2.2.
Participar activamente como miembro del equipo de salud en el estudio y solución de problemas de salud individuales y colectivos.
2.3.
Diagnosticar alteraciones de la salud bucal y aplicar conocimientos y técnicas para la prevención, tratamiento y rehabilitación de dichas alteraciones y fomentar la salud oral.
2.4.
Participar en el proceso de toma de decisiones que inciden en el bienestar de la comunidad.
2.5.
Aplicar el proceso administrativo en los distintos niveles de su actividad profesional.
2.6.
Participar en la capacitación del recurso humano en odontología.
2.7.
Desarrollar actitudes hacia la investigación, la docencia, la autoformación y el propio perfeccionamiento cultural y científico.
2.8.
Cumplir con las normas éticas y legales vigentes.
3. PRINCIPIOS
Dentro del plan de estudios para la formación universitaria en odontología se toman en cuenta los siguientes principios básicos:
a)
Enseñanza-aprendizaje en el trabajo. Este principio establece que el estudiante debe tener la oportunidad de poner en práctica en forma inmediata los conocimientos, las destrezas y actitudes que adquiera, según el nivel de escolaridad con sentido profesional y en condiciones de la vida real. Es decir, que en la medida que avanza en sus estudios, presta un servicio profesional a la comunidad, bajo tutoría.
b)
Dominio del método científico. Con este principio que utiliza el estudiante desde el primer momento, recibe una formación científica y práctica en contraposición con la formación memorística y experimental, que predomina en la enseñanza tradicional.
c)
Educación para la investigación de los problemas regionales y nacionales de salud. El plan de estudios estimula al alumno a interesarse primordialmente por la problemática sanitaria regional y nacional, sin detrimento de una preparación idónea, en los avances de la medicina universal.
d)
Nueva concepción de la relación profesor-estudiante. Se sustituye el eje tradicional “profesor-estudiante” en el cual el alumno pasivamente cumple el programa que el profesor diseña, adquiere los conocimientos y desarrolla las destrezas que el profesor selecciona, por el eje “estudiante-comunidad”, en el cual el profesor pasa a ser el tutor, asesor, guía y el estudiante es elemento activo en el proceso de aprendizaje.
e)
Enseñanza integrada. La enseñanza tradicional por asignatura se sustituye por el método de enseñanza-aprendizaje en unidades organizadas de acuerdo con el nivel de sus conocimientos y la demanda de su mejor formación profesional; según el grado de complejidad de la población sana y enferma recibe los conocimientos científicos que le servirán de base a la práctica clínica y a la formación social y odontológica preventiva.
f)
Estudio multicausal. Significa que estará de acuerdo con el hecho de que las condiciones patológicas deben estudiarse con el criterio de que muchas veces son generadas por un conjunto de causas, algunas de las cuales son determinantes y no solo una causa biológica o socio-económica o psicológica.
g)
Trabajo multidisciplinario. El plan de estudios establece que el odontólogo debe conocer las funciones y responsabilidades de las otras profesiones de la salud, con el criterio de que no es por medio de acciones individuales que se resuelven los problemas sino por el trabajo de un grupo.
h)
Contacto precoz del estudiante con la realidad de salud. El plan de estudios establece la vinculación temprana del estudiante con la comunidad, la familia y el individuo.
i)
Adiestramiento permanente y sistemático en la práctica del autoaprendizaje. Se ha instituido en la Escuela, el hábito de auto-aprendizaje que debe practicar el alumno durante sus estudios y luego a lo largo de su ejercicio profesional.
j)
Utilización del sistema institucional de salud en la enseñanza. Las instituciones de salud se han integrado en la acción fundamental de trabajo aprendizaje, así que el estudiante debe hacer rotación por los diferentes niveles de atención de salud que le permiten un modelo estructurado, basado en un contenido de complejidad creciente.
k)
Introducción a la tecnología educacional moderna. Los profesores se han capacitado en las modernas técnicas educativas, empleando los procesos de auto-instrucción y desarrollo de modelos o módulos de aprendizaje que facilitan la enseñanza integrada y utilizan el criterio de complejidad creciente.
l)
Es norma general que rige las actividades de los alumnos la disciplina de confianza, la cual se basa en el cumplimiento de sus deberes por convicción y no por coacción de índole alguna.
CAPITULO II
Trámite de las autorizaciones parra la creación de un programa de formación universitaria en odontología.
1. PROCEDIMIENTO
Todo programa de formación universitaria en odontología debe funcionar en instituciones que tengan personería jurídica como institución de educación superior.
Cuando se trate de una institución nueva, debe solicitarse su personería jurídica, de acuerdo con las disposiciones vigentes de educación superior.
Obtenida la personería jurídica, el trámite de las autorizaciones correspondientes para el funcionamiento de un programa de formación universitaria en odontología, seguirá el siguiente procedimiento:
1.1.
El ICFES nombrará una comisión evaluadora, en la cual podrán participar uno o dos observadores nombrados por el Consejo Nacional de Formación de Recursos Humanos para la Salud.
1.2.
En caso de que el concepto emitido por la-comisión evaluadora sea favorable, se otorgará la primera licencia de funcionamiento, la cual tendrá como máximo un (1) año de vigencia y se prorrogará o negará de acuerdo con las evaluaciones que realice el ICFES.
1.3.
Una vez completado el desarrollo del plan de estudio y se obtenga la licencia de funcionamiento para todos los semestres del programa, se realizará una evaluación global del programa para otorgar la aprobación y la respectiva autorización para la expedición del título de Odontólogo.
1.4.
Cada cinco (5) años o menos si es necesario, a parir de la aprobación del programa y la autorización para expedición de títulos, el ICFES, siguiendo la metodología citada, hará una evaluación general del programa y concederá la renovación por el tiempo que considere conveniente, recomendará modificaciones para que se cumplan en un lapso dado o determinará su cancelación, si es del caso.
2. GUIA PARA LA ELABORACION DEL ESTUDIO DE FACTIAILIDAD
Este estudio tiene por objeto demostrar con suficiente claridad la necesidad y conveniencia del programa; consiste en un análisis a nivel nacional y regional de las necesidades actuales y futuras del odontólogo y de las posibilidades de su utilización dentro del sistema nacional de salud.
En este estudio se demostrará la viabilidad y calidad del programa, mediante un análisis completo de los aspectos institucionales generales, de la organización y la administración, financieros, académicos, físicos y humanos, para un período mínimo igual a la duración total de la carrera en los aspectos académicos, y de 10 años, en los aspectos financieros.
Incluirá además, un análisis de las características generales de la institución que desarrollará el programa e igualmente un análisis de las características específicas del mismo.
2.1. En el análsis se tendrán ‘en cuenta, las políticas de:
— Desarrollo social y económico del país.
— Salud.
— Salud oral.
— Educación.
— Desarrollo de Recursos Humanos en Salud Oral.
2.2. Las necesidades de salud oral en función de la situación epidemiológica de la comunidad.
Necesidades actuales de odontólogos a nivel nacional y regional frente a indicadores de población, accesibilidad, morbilidad y metas programáticas.
Demanda futura de servicios odontológicos a nivel nacional r y regional frente a posibles cambios de políticas, al desarrollo del Sistema Nacional de Salud, a la evolución de las características de la comunidad y a los cambios científicos y tecnológicos en la prestación de servicios de salud oral.
2.3. La ocupación del personal de salud oral especialmente en la región:
— Funciones del equipo humano de salud oral.
— Estudio de productividad y de la comunidad en general.
— Capacidad de absorción actual y futura, por parte del sistema nacional de salud y de la comunidad en general, del recurso humano formado por el sector educativo.
2.4. La oferta nacional y regional de recursos humanos de salud oral. Análisis de la oferta de recursos humanos en salud.
Instituciones docentes y producción actual y esperada de recursos humanes para la salud oral, a nivel nacional y regional.
2.5. Análisis de las características generales de la institución que desarrollará el programa.
Debe presentarse en relación con los siguientes aspectos:
— Ubicación.
— Naturaleza.
— Gobierno.
— Antigüedad.
— Carta organizativa.
— Programas en desarrollo en el área de la salud.
— Descripción de Programas de bienestar, susceptibles de ser utilizados por profesores y estudiantes y que promuevan el desarrollo integral del alumno.
2.6. Análisis de las características específicas del programa.
Estas deben ceñirse a las definidas en el capítulo III de este documento.
2.6.1. Plan de estudios:
— Duración total del programa en semestres, horas y unidades de labor académica.
— Estructura del currículum: área básica, área de técnicas profesionales y área social.
— Grado de integración de estas áreas.
— Integración docente-asistencial.
— Asignaturas objetivos, intensidad horaria, contenidos, metodología de la enseñanza, sistema de evaluación y bibliografía.
— Programas de investigación.
— Sistemas de evaluación educativa, del estudiante y del programa.
— Estatutos y reglamentos del área académica.
— Proyección de la matrícula a cinco años.
2.6.2. Estructura administrativa:
— Dependencia administrativa del programa y su relación con otros programas que adelanta la institución.
— Carta organizativa. Deben definirse claramente las funciones y la composición de los organismos de dirección y las funciones de cada una de las dependencias.
— Líneas de dirección y asesoría.
— Comités y funciones. Deben describirse la constitución y funciones de cada uno de los comités y anexar los reglamentos correspondientes.
— Estatutos y reglamentos del área administrativa.
2.6.3. Recursos humanos:
— Plan de cargos administrativos y funciones.
— Plan de cargos docentes por áreas. Debe anexarse hoja de vida de posibles docentes.
— Plan de capacitación de docentes.
2.6.4. Recursos físicos:
— Areas y dotación para la administración del programa.
— Aulas.
— Areas de laboratorio, anfiteatro y hospital
— Areas de biblioteca y medios audiovisuales.
— Areas de bienestar. Deben presentarse planes detallados sobre los servicios que se van a prestar a profesores, estudiantes y personal administrativo. Estos planes se presentarán anualmente para el año siguiente a medida que se desarrolla el programa.
— Dotación de equipos. Se debe establecer la disponibilidad presupuestal para la adquisición de equipos según el número de alumnos. Aquellos en existencia o su adquisición dentro de un plan definido.
2.6.5. Recursos financieros:
— Debe presentarse un presupuesto de inversiones iniciales y anuales sucesivas para un período de 10 años y el presupuesto de funcionamiento para los 5 años de duración de la carrera.
Requisitos mínimos, Certificación año por año de fuentes de financiación para inversión y funcionamiento y certificación de las apropiaciones presupuestales correspondientes.
Costo estimado de la matrícula por estudiantes y por año para toda la carrera, tomando en consideración los gastos de funcionamiento para el período de duración total de la carrera y de la inversión para un período de 10 años. Se debe acompañar una descripción detallada del procedimiento empleado para determinar el costo de la matrícula.
CAPITULO III
Requisitos mínimos
Todo programa de formación universitaria en odontología, debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
1. ESTRUCTURA DEL PLAN DE ESTUDIOS
Las áreas o componentes del conocimiento para lograr los objetivos del plan de estudios, serán los siguientes:
1.1. Componentes de las ciencias básicas: (40-45% del tiempo total):
Método científico.
Biología.
Morfologiá-fisiología humana.
Bioquímica.
Patología general y bucal.
Medicina oral e interna.
Microbiología.
Semiología.
Farmacología.
Epidemiología.
Bio-materiales.
1.2. Componentes de las técnicas específicas profesionales: (40-45% del tiempo total):
Laboratorio de morfofisiología de la oclusión.
Laboratorio de técnicas de rehabilitación.
Clínica integral.
Práctica hospitalaria.
1.3. Componentes de las ciencias sociales: (10-20% del tiempo total):
Psicología.
Socio-antropología.
Administración.
Bio-estadística.
Salud pública.
Metodología de la investigación.
Técnicas de la comunicación.
Legislación y ética profesional.
Humanidades:
Los componentes de las ciencias básicas, técnicas específicas profesionales y sociales, deben integrarse y permitir la práctica temprana con pacientes y comunidad. La práctica con pacientes no debe tener una duración inferior a cuatro semestres y debe realizarse en todos los niveles de regionalización de la atención odontológica.
Los estudiantes de odontología deberán hacer una rotación con intensidades académicas definidas por los servicios hospitalarios, de consulta externa, hospitalización y urgencias con énfasis en la atención maternoinfantil, medicina interna y cirugía.
2. DURACION
La duración total del programa no debe ser inferior a las unidades de labor académica que establezca el ICFES y las cuales serán equivalentes a una intensidad mínima de 5.000 horas docencia. No se reconocerá como parte del programa o del sistema de selección de estudiantes, los cursos pre-universitarios.
3. ADMISIONES
El número de estudiantes que ingresan al primer semestre no puede exceder en más de un 20% al número de estudiantes que pueden hacer uso de la capacidad clínica mínima instalada. El cupo será autorizado por el ICFES.
4. ESTRUCTURA ACADÉMICA
El programa de odontología debe estar adscrito a una institución de educación superior que desarrolle simultáneamente un programa de medicina. Es indispensable el vínculo con una institución hospitalaria de asistencia general propia.
La utilización de los campos de práctica debe ceñirse a las normas estipuladas en el Decreto 1210 de 1978 sobre integración docente-asistencial y a los demás requisitos que establezca el ICFES sobre la materia.
La organización académica debe contar con los siguientes comités, les cuales pueden ser generales para la Universidad o específicos para el programa:
— Admisiones.
— Evaluación y promoción de docentes.
— Bienestar universitario.
— Biblioteca y ayudas audio-visuales.
— Investigación.
Además de los comités anteriores, deben existir como comités específicos para el programa o generales para el área de la salud, los siguientes:
— Currículum.
— Evaluación y promoción de estudiantes.
— Coordinación docente-asistencial.
La facultad debe programar prácticas con personal auxiliar de odontología, de las diferentes categorías con el fin de formar a los estudiantes en el conocimiento y manejo de este recurso humano.
5. RELACION DOCENTE/ESTUDIANTE
En cada una de las ciencias básicas una hora docente/día por cada dos estudiantes o un docente de tiempo completo (8 horas/día) por cada 20 estudiantes. En cada una de las ciencias técnicas profesionales, una hora docente día por cada estudiante o un docente de tiempo completo (8 horas/día) por cada 10 estudiantes, Por lo menos el 20% de los docentes debe ser de tiempo completo.
Los docentes deben ser deben ser de alta calificación académica, demostrada mediante certificados de estudios, título legalmente registrado y experiencia en el área correspondiente.
6. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA
La institución dentro de la cual va a crearse un programa universitario de odontología debe tener personería jurídica como institución de educación superior, deben existir como mínimo tres (3) reparticiones administrativas de acuerdo con la estructura del plan de estudios.
Los cargos de Decano o Director y de Directores o Jefes de carda una de dichas reparticiones administrativas, deben ser de tiempo completo.
El programa debe contar directamente o a través de la organización de la Universidad, con dependencias que cumplan las siguientes funciones:
— Administración general.
— Presupuesto.
— Contabilidad.
— Pagaduría.
— Personal.
— Suministros, almacén y mantenimiento.
7. RECONOCIMIENTO LEGAL DE LOS TITULOS
Al terminar y aprobar el programa, el estudiante tendrá derecho a recibir el título profesional, de acuerdo con las normas establecidas por el Gobierno para tal efecto.
8. PLANTA FISICA Y DOTACION BASICA
8.1. Planta física
La Planta física debe contemplar aulas suficientes y adecuadas, y además, áreas destinadas en forma precisa a las dependencias académicas y a las administrativas enumeradas en los numerales 4 y 6 del presente capítulo.
8.2. Dotación para el área de las ciencias básicas
Número suficiente de mesas de disección, cada una de las cuales en ningún caso debe ser utilizada por más de 4 estudiantes en cada sesión de clase.
El laboratorio de morfología podrá complementarse con un museo de piezas anatómicas suficientes para ser utilizadas por un máximo de dos (2) alumnos por sesión. Se deberán tener dos juegos de placas de preparaciones por cada microscopio.
El 50% de entes microscopios deben ser adquiridos antes de iniciar el primer semestre.
Laboratorios para demostración en grupos y prácticas individuales con la dotación adecuada para la enseñanza de ciencias fisiológicas, farmacología, toxicología, microbiología, parasitología, patalogía, bioquímica y laboratorio clínico, de acuerdo con listas de equipos y elementos básicos que suministrará periódicamente el ICFES.
8.3. Dotación para el área de las técnicas profesionales específicas:
8.3.1. Laboratorio:
— Dotación para técnicas radiológicas (un equipo para ser utilizado por un máximo de 10 alumnos por sesión).
— Sala de interpretación (un puesto para ser utilizado por dos (2) alumnos por sesión).
— Local apropiado para tratamiento de yesos. (Un puesto por cada alumno, por sesión). Además local con mesas para otros usos de laboratorio.
— Fantomas (1 para ser utilizado por cada alumno, por sesión de clase).
— Local para depósito de materiales.
— Motores colgantes o de brazo, con pieza de mano (1 por cada alumno, por sesión). Mecheros para gas o alcohol (1 por puesto.).
— Hornos para evaporación colados (1 para ser utilizado por cada 10 alumnos, por sesión).
— Centrífugas (1 para ser utilizada por grupos de 10 alumnos, por sesión de clase).
— Sopletes para fundición (oro) (1 por centrífuga).
— Soplete para fundición de metales de alta fusión (1 para ser utilizado por cada 15 alumnos, por sesión).
— Recortadoras para yeso (1 para ser utilizada por cada 10 alumnos, por sesión de clase).
— Tornos para pulir acrílicos (1 para ser utilizados por cada 10 alumnos, por sesión de clase).
— Vibradores para yeso (1 para ser utilizado por cada 10 alumnos, por sesión de clase).
— Vac-u-vestrol (revestimiento al vacío) (1 para ser utilizado por cada 15 alumnos, por sesión de clase).
— Horno para fundición y preparación de porcelana al vacío con todos sus elementos (1 para ser utilizado por cada 25 alumnos, por sesión de clase).
8.3.2. Clínicas:
— Espacio amplio y ventilado para sala de espera de pacientes.
— Tres salas para demostraciones clínicas con equipo y dotaciones odontológicas completas.
— Equipos de rayos X para pariapicales (1 para ser utilizado por cada 10 alumnos, por sesión de clase).
— Cefalostatos para rayos X extraorales y dos equipos de rayos X, adecuados para tal fin.
— Un local para revelado, con todos sus elementos (1 parra ser utilizado por cada 10 alumnos, por sesión de clase).
— Un local para estadística y archivo.
— Clínicas con unidades completas con micromotor (o baja velocidad) y airotor (alta velocidad), aspirador, jeringa de agua y aire, lámpara, escupidera: (1 por cada alumno (1) admitido en el primer semestre, o 1 por cada 2 alumnos de semestres clínicos en el programa completo, por sesión de práctica).
— Equipo para esterilización calor seco (1 por 10 equipos).
— Equipos para esterilización autoclaves para clínica (1 por clínica).
— Locales apropiados para almacenar y distribuir materiales en la clínica (1 por clínica).
— Succionadores quirúrgicos (eléctricos) (1 por cada 5 equipos).
— Equipos de oxígeno para emergencias (portátil) (1 x clínica).
8.3.5 Area quirúrgica:
Equipo eléctrico:
— Lámpara cielítica.
— Lámpara adicional de pie.
— Tornas de corriente eléctrica, en número suficiente.
Equipo anestesia:
— Equipo de anestesia (pequeño) con su planta de gases (oxígeno-óxido nitroso).
Equipos adicionales:
— Laringoscopio.
— Tubos para intubación endo-traqueal.
— Máscaras para gases (adultos infantes).
— Succionador.
Mesas:
— Mesa de instrumentación.
— Mesa de mayo.
— Mesa de operaciones o la unidad odontológica integrada.
Instrumental odontológico:
— Dotación operatoria.
— Dotación para cirugía menor.
Equipo móvil:
— Carro de curaciones.
— Canecas rodantes.
— Compresores.
Recuperación:
— Sala con número de camas de acuerdo con el movimiento del servicio.
Ortodoncia:
— Soldadores de punto (1 para ser utilizado por cada 10 alumnos, por sesión).
— Negatoscopios (1 para ser utilizado por cada 10 alumnos, por sesión).
8.4. Dotación especial
La biblioteca odontológica debe disponer, antes de la iniciación de cada período académico, como mínimo de cinco títulos diferentes de libros actualizados por asignatura, con un promedio de 10 libros por título, y con una proporción adecuada con el número de alumnos. Además de todas las publicaciones periódicas nacionales, debe contar como mínimo con 10 suscripciones vigentes de publicaciones periódicas extranjeras. El ICFES suministrará el listado mínimo de publicaciones periódicas actualizado, según las áreas y asignaturas del plan de estudios.
Debe garantizarse la existencia y utilización adecuada de suficientes equipos audiovisuales para las distintas áreas de enseñanza y de materiales audiovisuales apropiados para cada asignatura.
Las instalaciones del área administrativa y la dotación anterior pueden ser compartidas con otros programas de la institución.
Artículo segundo. Los requisitos mínimos contenidos en el presente Acuerdo, son de obligatoria aplicación para todo nuevo programa de odontología que tramite licencia de funcionamiento o aprobación ante el ICFES.
Artículo tercero. Aquellas instituciones de educación superior que ofrecen programas en el área de la salud, actualmente aprobados y que deseen abrir nuevos programas en este campo, tendrán que demostrar que poseen el recurso hospitalario propio.
Artículo cuarto. (Transitorio). Los programas de odontología que cuentan con licencia de iniciación de labores, licencia de funcionamiento o con aprobación, tendrán un plazo de tres (3) años, a partir de la vigencia del presente Acuerdo, para ceñirse a las disposiciones en él contenidas.
Artículo quinto. El presente Acuerdo rige a partir de su aprobación por parte del Gobierno Nacional.
Comuníquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de agosto de 1980.
(Fdo.) Guillermo Angulo Gómez
Presidente
Rosalinde P. de Joachim
Secretario”.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de marzo de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Educación Nacional,
Guillermo Angulo Gómez