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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ
Magistrado Ponente
AC5071-2014
Radicación n.° 11001-31-03-024-2006-00537-01
(Aprobado en sesión de la fecha)
Bogotá, D. C., veintisiete (27) de agosto de dos mil catorce (2014)
Con base en lo señalado en la causal 2ª del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, ha manifestado impedimento el Magistrado Álvaro Fernando García Restrepo (fl.40, cdno. Corte) para conocer del recurso de casación formulado por Arelis Margarita Roncallo Padilla contra la sentencia de 17 de junio de 2013 proferida por la Sala Civil de Descongestión del Tribunal Superior de Bogotá, y que su cónyuge –Dra. Luz Stella Roca Betancur- suscribió, en el proceso ordinario instaurado por la recurrente contra Clara Eugenia Zambrano de Rojas y Cafesalud Medicina Prepagada S.A.
En efecto, así se puede constatar en providencia dictada en segunda instancia (fls. 33 a 52, cdno. 8), por lo que, como es evidente la estructuración de la causal de impedimento invocada, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, lo ACEPTA y en consecuencia lo separa de su conocimiento.
No hay lugar a la designación de conjuez, en razón a que con los restantes Magistrados integrantes de la Sala, existe quórum suficiente para deliberar y decidir el presente asunto.
En firme esta providencia, vuelva el proceso al Despacho para lo pertinente.
Notifíquese,
JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ
Presidente de Sala
MARGARITA CABELLO BLANCO
FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ
ARIEL SALAZAR RAMÍREZ
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA