AC 5051 2021

OCTUBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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AC5051-2021 (2021-03222-00)

        

AC5051-2021  

Radicación  n.°  11001-02-03-000-2021-03222-00  

La  Corte decide sobre la admisibilidad de la demanda presentada por ELSA  GUZMÁN QUIROGA,  para obtener el exequátur de la sentencia proferida el 28 de  mayo de 2020, por el Tribunal Municipal de Ratzeburg, República  Federal de Alemania, mediante la cual se decretó el divorcio  entre ella y MICHAEL JANY.  

CONSIDERACIONES  

1.  Mediante proveído AC4655 de 6 de octubre pasado, esta  Corporación inadmitió el escrito mediante el cual  solicitó el exequatur de la providencia indicada en el  encabezado, y por lo tanto, se concedió el término de  cinco (5) días a la parte interesada para que subsanara los  defectos advertidos, so pena de rechazo (archivo  0011Documento_actuacion.pdf).  

2.  Trascurrido el término otorgado no hubo pronunciamiento alguno  por parte de la solicitante, como fue advertido en el informe  secretarial de quince (15) de octubre de la presente calenda (archivo  digital 0012 Documento_actuacion.pdf).  

3.  Deviene de lo anterior que, como no se superaron las deficiencias  advertidas en el auto inadmisorio, se torna imperativo el rechazo de  la solicitud en aplicación del  artículo 90 del Código General del Proceso; en  consecuencia, el  suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación  Civil,  

RESUELVE  

Primero.-  Rechazar  la demanda de exequatur presentada por ELSA  GUZMÁN QUIROGA,  para obtener el reconocimiento de la sentencia proferida el 28 de  mayo de 2020, por el Tribunal Municipal de Ratzeburg, República  Federal de Alemania.  

Segundo.-  Devuélvanse  los anexos a la solicitante, sin necesidad de desglose. Cumplido lo  anterior, archívense las diligencias.  

Notifíquese  y cúmplase  

AROLDO  WILSON QUIROZ MONSALVO   

Magistrado   

      

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