ATC1610 2021

OCTUBRE

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ATC1610-2021

        

JORGE  FORERO SILVA  

Conjuez  Ponente  

ATC1610-2021  

Radicación  No  11001-02-03-000-2021-02357-00  

(Aprobado en sesión  virtual extraordinaria del veinticinco de octubre de dos mil  veintiuno)  

Bogotá  D. C., veinticinco (25) de octubre de dos mil veintiuno (2021).  

Procede  la Sala a resolver los impedimentos manifestados por los Honorables  Magistrados Álvaro Fernando García Restrepo, Francisco  Ternera Barrios, Luis Armando Tolosa Villabona, Luis Alonso Rico  Puerta, Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo, Octavio Augusto Tejeiro Duque,  e Hilda González Neira , para apartarse del trámite  dentro de la Acción de Tutela presentada por el señor  PUBLIO ARMANDO ORJUELA SANTAMARIA en contra del Juzgado 37 Civil del  Circuito de Bogotá, y la Sala Civil del Tribunal Superior de  Bogotá, toda vez que se encuentran incursos en el artículo  56 numeral 6 del Código de Procedimiento Penal.  

ANTECEDENTES  

El  señor Jorge Armando Orjuela Murillo como agente oficioso de  Publio Armando Orjuela Santamaría (q.e.p.d.) instauró  acción de tutela en contra del Juzgado 37 Civil del Circuito  de Bogotá, y la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito  Judicial de Bogotá, integrada por los magistrados Germán  Valenzuela Valbuena, Oscar Fernando Yaya Peña y Manuel Alfonso  Zamudio Mora, con ocasión de un proceso de pertenencia  presentado por Ana Pastora Zapata Argáez.  

En  el mes de junio del presente año 2021, se profirieron las  sentencias STC6219 y STC7914, del 2 y 30 de junio, que se involucran  dentro de la controversia de que se ocupa la acción objeto de  estudio.  

Conforme  a lo anterior, los Honorables Magistrados Álvaro  Fernando García Restrepo, Francisco Ternera Barrios, Luis  Armando Tolosa Villabona, Luis Alonso Rico Puerta, Aroldo Wilson  Quiroz Monsalvo, Octavio Augusto Tejeiro Duque, e Hilda González  Barrios, se declararon impedidos por cuanto participaron en las Salas  de Decisión donde se dictaron las sentencias STC6219 del 2 de  junio de 2021, y STC7914 del 30 de junio de 2021.  

Los  motivos de impedimento garantizan el  principio de la imparcialidad, razón por la cual asiste razón  a los Magistrados de la Sala para apartarse del conocimiento y  decisión de la acción de tutela, que ahora es objeto de  estudio, razón por la cual aquellos se aceptarán.  

DECISION  

En  mérito de lo expuesto, la Sala resuelve:  

NOTIFIQUESE  Y CUMPLASE  

JORGE  FORERO SILVA  

Conjuez  Ponente  

SELENE  PIEDAD MONTOYA CHACÓN  

Conjuez  

PEDRO  LAFONT PIANNETA  

Conjuez  

GABRIEL  HERNÁNDEZ VILLARREAL  

Conjuez  

GABRIEL  JAIME VIVAS DIEZ  

Conjuez  

EDGAR  AUGUSTO RAMÍREZ BAQUERO  

Conjuez  

LUIS  DARÍO VALLEJO OCHOA  

Conjuez  

      

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