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AC1807-2023 (2023-01609-00)
AC1807-2023
Radicación n° 11001-02-03-000-2023-01609-00
Bogotá D.C., veintinueve (29) de junio de dos mil veintitrés (2023).
De conformidad con el informe secretarial que antecede1 y verificado que el extremo activo no subsanó el escrito inicial de acuerdo con las exigencias previstas en auto del 30 de mayo de 20232, el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia, resuelve:
PRIMERO. RECHAZAR la demanda de la referencia.
SEGUNDO. DEVOLVER los anexos de la solicitud de exequátur sin necesidad de desglose, en consonancia con el artículo 90 del Código General del Proceso.
NOTIFÍQUESE.
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Magistrado
1 Consecutivo 5. Archivo 008Informe_secretarial. Expediente digital.
2 Consecutivo 3. Archivo 0006Auto. Expediente digital.