AC 1807 2023

JUNIO

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AC1807-2023 (2023-01609-00)

AC1807-2023  

Radicación  n° 11001-02-03-000-2023-01609-00  

Bogotá  D.C., veintinueve (29) de junio de dos mil veintitrés (2023).  

De  conformidad con el informe secretarial que antecede1  y verificado que el extremo activo no subsanó el escrito  inicial de acuerdo con las exigencias previstas en auto del 30 de  mayo de 20232,  el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil y Agraria  de la Corte Suprema de Justicia, resuelve:  

PRIMERO.  RECHAZAR  la demanda de la referencia.  

SEGUNDO.  DEVOLVER  los anexos de la solicitud de exequátur sin necesidad de  desglose, en consonancia con el artículo 90 del Código  General del Proceso.  

NOTIFÍQUESE.  

FRANCISCO  TERNERA BARRIOS  

Magistrado  

1          Consecutivo          5. Archivo 008Informe_secretarial.          Expediente digital.  

2          Consecutivo 3. Archivo 0006Auto.          Expediente digital.  

      

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