AC3454-2014 [2010-01068-01]

2014

Asistente Jurídico Inteligente

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                         CORTE SUPREMA DE JUSTICIA   

SALA DE CASACIÓN CIVIL  

AC3454-2014  

Radicación    n°  11001-31-10-006-2010-01068-01   

Bogotá,  D. C., veinticinco (25) de junio de  dos mil catorce (2014).   

Esa circunstancia determina que dentro de la  oportunidad   fijada  en  el  inciso  1º  del  artículo  373  del  Código  de  Procedimiento  Civil,  no  fue presentada la demanda de casación, puesto que su  correcta   formulación   supone   el   allegamiento   de  la  misma  de  manera  completa.   

Así  las cosas, al tenor del inciso 3º del  precitado  precepto,  el  Despacho RESUELVE:   

1.-             DECLARAR    DESIERTA   la   referida  impugnación extraordinaria.   

2.-           CONDENAR en costas al recurrente. Por la  Secretaría,  elabórese  la correspondiente liquidación. Incluya como agencias  en derecho, la suma de $750.000.   

Notifíquese,  cúmplase  y, en oportunidad,  devuélvase el expediente al Tribunal de origen.   

ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

Magistrado    

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