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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ
Magistrado Ponente
Radicación n.° 11001-31-03-003-2005-00368-01
(Aprobado en sesión de treinta de julio de dos mil catorce)
Bogotá, D. C., doce (12) de agosto de dos mil catorce (2014)
Con base en lo señalado en la causal 2ª del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, ha manifestado impedimento el Magistrado Álvaro Fernando García Restrepo (fl. 84, cdno. Corte) para conocer del recurso de casación formulado por el Banco Colpatria Red Multibanca Colpatria S.A., por haber suscrito la sentencia de 8 de noviembre de 2012 proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, en el proceso ordinario instaurado por el recurrente contra Fiduciaria Tequendama S.A., quien llamo en garantía a Codinem Consulting Company.
En efecto, así se puede constatar en providencia dictada en segunda instancia (fls. 44 a 61, cdno. 12), por lo que, como es evidente la estructuración de la causal de impedimento invocada, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, lo ACEPTA y en consecuencia lo separa de su conocimiento.
No hay lugar a la designación de conjuez, en razón a que con los restantes Magistrados integrantes de la Sala, existe quórum suficiente para deliberar y decidir el presente asunto.
En firme esta providencia, vuelva el proceso al Despacho para lo pertinente.
Notifíquese,
JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ
MARGARITA CABELLO BLANCO
RUTH MARINA DÍAZ RUEDA
FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ
ARIEL SALAZAR RAMÍREZ
(Ausencia Justificada)
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA