ATC1226-2018

2018

Asistente Jurídico Inteligente

Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.

ⓘ Puedes seleccionar un fragmento de texto o analizar el artículo completo.
MARGARITA CABELLO BLANCO
Magistrada Ponente

ATC1226-2018
Radicación n.° 50001-22-13-000-2018-00104-01
(Aprobado en sesión de trece de junio de dos mil dieciocho).

Bogotá, D. C., catorce (14) de junio de dos mil dieciocho (2018).

Comoquiera que las razones expuestas por el doctor Octavio Augusto Tejeiro Duque, encuentran sólidos sustentos en lo prescrito por el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, en concordancia con el numeral 6° del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, se ACEPTA el impedimento que expresa para intervenir en la decisión de este asunto.

Como subsiste el quórum requerido, no es del caso designar Conjuez para reemplazar al funcionario impedido.

Notifíquese

AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
Presidente de la Sala

MARGARITA CABELLO BLANCO

ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO

LUIS ALONSO RICO PUERTA

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA