ATC816-2020

2020

Asistente Jurídico Inteligente

Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.

ⓘ Puedes seleccionar un fragmento de texto o analizar el artículo completo.
ATC816-2020
Radicación n.º 11001-02-03-000-2020-02355-00

Bogotá, D. C., dieciséis (16) de septiembre de dos mil veinte (2020).

Sería del caso entrar a decidir el conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Décimo Penal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Bogotá D.C., y el Civil Municipal de Mosquera, para conocer de la acción de tutela promovida por Yizeth Karina Vega contra Martha Liliana García Romero, Javier Arley Caballero Sánchez y Viviana Andrea Alvarado Vargas, si no fuera porque se observa se advierte la falta de competencia para definirlo, conforme lo dispuesto en el artículo 18 de la ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia.

Lo anotado como quiera que la Sala no tiene la condición de superior jerárquico respecto de los dos despachos judiciales involucrados en el presente asunto, son de distinta especialidad jurisdiccional y pertenecen a distintos distritos judiciales, circunstancia por la cual la competencia se la confiere a la Sala Plena de esta Corporación.

Consecuentemente se dispondrá la remisión inmediata del expediente a la Sala mencionada, para lo de su cargo.

Así las cosas, se dispone

PRIMERO: Abstenerse de resolver el aludido conflicto, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. Por Secretaría de la Sala remítase de manera inmediata el expediente a la Sala Plena de la Corporación, para lo de su cargo.

SEGUNDO: Notifíquese lo así decidido, mediante comunicación telegráfica, a los interesados.

NOTIFÍQUESE

FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Magistrado