Asistente Jurídico Inteligente
Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.
AC5051-2021 (2021-03222-00)
AC5051-2021
Radicación n.° 11001-02-03-000-2021-03222-00
La Corte decide sobre la admisibilidad de la demanda presentada por ELSA GUZMÁN QUIROGA, para obtener el exequátur de la sentencia proferida el 28 de mayo de 2020, por el Tribunal Municipal de Ratzeburg, República Federal de Alemania, mediante la cual se decretó el divorcio entre ella y MICHAEL JANY.
CONSIDERACIONES
1. Mediante proveído AC4655 de 6 de octubre pasado, esta Corporación inadmitió el escrito mediante el cual solicitó el exequatur de la providencia indicada en el encabezado, y por lo tanto, se concedió el término de cinco (5) días a la parte interesada para que subsanara los defectos advertidos, so pena de rechazo (archivo 0011Documento_actuacion.pdf).
2. Trascurrido el término otorgado no hubo pronunciamiento alguno por parte de la solicitante, como fue advertido en el informe secretarial de quince (15) de octubre de la presente calenda (archivo digital 0012 Documento_actuacion.pdf).
3. Deviene de lo anterior que, como no se superaron las deficiencias advertidas en el auto inadmisorio, se torna imperativo el rechazo de la solicitud en aplicación del artículo 90 del Código General del Proceso; en consecuencia, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil,
RESUELVE
Primero.- Rechazar la demanda de exequatur presentada por ELSA GUZMÁN QUIROGA, para obtener el reconocimiento de la sentencia proferida el 28 de mayo de 2020, por el Tribunal Municipal de Ratzeburg, República Federal de Alemania.
Segundo.- Devuélvanse los anexos a la solicitante, sin necesidad de desglose. Cumplido lo anterior, archívense las diligencias.
Notifíquese y cúmplase
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
Magistrado