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STC1672-2022
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
Magistrado ponente
STC1672-2022
Radicación nº 11001-02-30-000-2022-00288-00
(Aprobado en sesión de dieciséis de febrero de dos mil veintidós)
Bogotá, D.C., diecisiete (17) de febrero de dos mil veintidós (2022).
Se resuelve la tutela que José Luis García Quintero le instauró a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia.
ANTECEDENTES
1. El accionante pidió «respuesta de fondo» a las peticiones que adujo haber elevado a la presidencia de esta Corporación el 11 de marzo y 19 de octubre de 2020, así como el 26 de febrero de 2021, con el fin de que se investigara a las autoridades que allí mencionó.
2. La agencia accionada señaló que «ninguno de los escritos que refiere el tutelante fueron allegados ni recibidos en [su] oficina».
CONSIDERACIONES
El amparo será denegado porque el actor no aportó prueba que permitiera demostrar la radicación de las misivas cuya ausencia de respuesta critica. Ciertamente, examinado el expediente se extraña la existencia de algún documento que permita si quiera inferir que el actor presentó ante la autoridad accionada los memoriales fechados 11 de marzo y 19 de octubre de 2020, así como el 26 de febrero de 2021.
Por su parte, revisado el informe que la presidencia de esta Corte remitió a este Despacho, se observa que esa dependencia sostuvo que allá no reposan solicitudes del impulsor que se encuentren pendientes de pronunciamiento.
Así las cosas, como quiera que el actor no demostró el envío y recepción de sus misivas ante la autoridad encartada, y dado que tales circunstancias no se infieren de los informes rendidos al sumario, no queda alternativa diferente a desestimar el resguardo.
DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Constitución, resuelve: NEGAR la tutela instada por José Luis García Quintero.
Infórmese a los participantes por el medio más expedito y remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de no impugnarse esta resolución.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Presidente de Sala
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
LUIS ALONSO RICO PUERTA
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
FRANCISCO TERNERA BARRIOS