AC1267-2016 (2014-02698-00)

2016

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      República          de Colombia                    

Corte Suprema de          Justicia          

Sala de Casación          Civil          

    

  

CORTE SUPREMA  DE JUSTICIA  

SALA DE  CASACIÓN CIVIL  

  

AC1267-2016  

Radicación  n.° 11001-02-03-000-2014-02698-00  

  

  

Bogotá,  D. C., nueve (9) de marzo de dos mil dieciséis (2016).  

  

  

Sería  del caso proferir sentencia sino fuera porque se observa que:  

  

1.  La parte actora omitió allegar la prueba de la ejecutoria de  la providencia del Juzgado de 1ra. Instancia No. 2 Guadalajara  (España), que decretó el divorcio de mutuo acuerdo  entre Claudia Milena Betancourt Castro y Didier Puentes, de  conformidad con lo previsto en el artículo 2º del  Convenio sobre Ejecución de Sentencias Civiles, suscrito entre  la República de Colombia y el Reino de España el 30 de  mayo de 1908, e incorporado a nuestra legislación mediante la  Ley 7ª del mismo año, es decir, con el «certificado  expedido por el Ministerio de Gobierno o de Gracia y Justicia, siendo  la firma de estos legalizada por el correspondiente Ministerio de  Estado o de Relaciones Exteriores y la de éste, a su vez, por  el agente diplomático respectivo, acreditado en el lugar de  legalización».  

  

2.  La constancia de ejecutoria expedida por Eva Soriano Alonso,  Secretaria del Juzgado de Primera Instancia No. 002, se encuentra  huérfana de legalización,  ya sea por imposición de apostilla o por cadena de  autenticaciones (f.8).  

  

En consecuencia,  la suscrita Magistrada de la Sala de Casación Civil,  

  

RESUELVE  

  

Primero:  Requerir  a  la promotora del presente trámite, para que arrime los  certificados aludidos en los numerales 1 y 2 de la parte motiva de  esta providencia, debidamente legalizados acorde con el precepto 259  del C. del P. C. en concordancia con la Ley 455 de 1998.  

  

Segundo:  Desglósese,  a costa de la interesada, el documento obrante a folio 8 de este  cuaderno.  

  

  

Notifíquese  y cúmplase  

  

  

  

  

MARGARITA  CABELLO BLANCO  

Magistrada  

      

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