Asistente Jurídico Inteligente
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AC357-2021 (2013-00258-01)
AC357-2021
Radicación n.° 25754-31-03-001-2013-00258-01
Bogotá, D.C., quince (15) de febrero de dos mil veintiuno (2021).
Mediante auto de 23 de noviembre de 2020, se admitió el recurso de casación interpuesto por la actora contra la sentencia que el 27 de julio de 2020 profirió la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca; asimismo, se corrió traslado a la impugnante, por el término de 30 días, a fin de que presentara la respectiva demanda de sustentación.
Sin embargo, la convocante no atendió esa carga oportunamente, conforme se indicó en el informe secretarial que antecede, por lo que, al amparo del artículo 343 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil,
RESUELVE
PRIMERO. DECLARAR DESIERTO el recurso de casación interpuesto por Latinversiones Ltda., en el juicio declarativo de la referencia.
SEGUNDO. ABSTENERSE de imponer condena en costas, por no aparecer causadas (artículo 365, numeral 8, Código General del Proceso).
TERCERO. Ejecutoriado este proveído, remítanse las diligencias al ad quem, para lo de su competencia.
Notifíquese y cúmplase
LUIS ALONSO RICO PUERTA
Magistrado