AC 357 2021

FEBRERO

Asistente Jurídico Inteligente

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AC357-2021 (2013-00258-01)

        

AC357-2021  

Radicación  n.° 25754-31-03-001-2013-00258-01  

Bogotá,  D.C., quince (15) de febrero de dos mil veintiuno (2021).  

Mediante  auto de 23 de noviembre de 2020, se admitió el recurso de  casación interpuesto por la actora contra la sentencia que el  27 de julio de 2020 profirió la Sala Civil Familia del  Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca; asimismo, se  corrió traslado a la impugnante, por el término de 30  días, a fin de que presentara la respectiva demanda de  sustentación.  

Sin  embargo, la convocante no atendió esa carga oportunamente,  conforme se indicó en el informe secretarial que antecede, por  lo que, al amparo del artículo 343 del Código General  del Proceso, el  suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación  Civil,  

RESUELVE  

PRIMERO.  DECLARAR DESIERTO el  recurso de casación interpuesto por Latinversiones Ltda., en  el juicio declarativo de la referencia.  

SEGUNDO.  ABSTENERSE  de imponer condena en costas, por no aparecer causadas (artículo  365, numeral 8, Código General del Proceso).  

TERCERO.  Ejecutoriado  este proveído, remítanse las diligencias al ad  quem,  para lo de su competencia.  

Notifíquese  y cúmplase  

LUIS  ALONSO RICO PUERTA  

Magistrado  

      

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