ATC1728 2021

NOVIEMBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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ATC1728-2021

        

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Magistrada  ponente  

ATC1728-2021  

Radicación  nº 11001-02-03-000-2021-04099-00  

Bogotá  D.C., diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).  

Resuelve la Sala  lo que en derecho corresponde, respecto del recurso de reposición  formulado en el asunto de la referencia.  

ANTECEDENTES  

1.-  La Sala admitió la demanda de tutela que Taylor Ivaldy Londoño  Herrera instauró contra la Sala Especial de Primera Instancia  de la Corte Suprema de Justicia, y denegó la medida  provisional reclamada (9 nov. 2021).  

2.-  El precursor, a través de correo electrónico (11 nov.),  interpuso «recurso  de reposición»  frente a la anterior decisión, solicitando que se «modifique  el auto impugnado y se conceda la medida provisional»,  porque, en su sentir «si  existe la apariencia del buen derecho que se requiere».  

CONSIDERACIONES  

1.- De  entrada, se advierte que el «recurso  de reposición» incoado  es improcedente en este tipo de actuaciones, por cuanto, como se ha  destacado en ocasiones similares,  

(…)  dentro del particular procedimiento de la acción de tutela  únicamente están previstos como medios de controversia  o de control de las decisiones judiciales, la impugnación de  la sentencia de primera instancia, la eventual revisión de la  misma y de la dictada en segundo grado, y la consulta para la  providencia que impone sanciones por desacato a lo ordenado por el  juez constitucional, según se infiere inequívocamente  de los artículos 31, 33 y 52, inciso 2°, del Decreto 2591  de 1991, reglamentario de la aludida salvaguarda […].  (ATC7767-2017).  

De suerte que,  como lo opugnado fue el no decreto de la medida provisional  requerida, la protesta no puede ser atendida.  

DECISIÓN  

En virtud de lo  expuesto, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de  Justicia, RECHAZA  DE PLANO  por improcedente el «recurso  de reposición»  interpuesto por Taylor  Ivaldy Londoño Herrera contra el interlocutorio de 9  de noviembre de 2021.  

Comuníquesele  a los interesados por el medio más expedito.  

Notifíquese  y Cúmplase  

HILDA GONZÁLEZ  NEIRA  

Magistrada      

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