ATC1839 2021

DICIEMBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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ATC1839-2021

        

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Magistrada  Ponente  

ATC1839-2021  

Radicación  nº 11001-02-03-000-2021-04406-00  

Bogotá  D.C., seis (6) de diciembre  de  dos mil veintiuno  (2021).  

1.  Sonia  Pedroza de Reales, actuando mediante apoderado, demandó  a la Sala de Casación Penal Sala de la Corte Suprema de  Justicia y a la Secretaría de la misma Corporación,  invocando  la protección de los derechos de «legalidad,  debido proceso, eficacia en las actuaciones judiciales y acceso  efectivo a la justicia» para  que, se  les ordene «notificar  a [su] apoderado en el término de la distancia, el fallo de  instancia a lugar dentro del trámite de la tutela con radicado  11001020400020210200300 que formuló contra la Sala de Casación  Laboral, por cuanto están más que vencidos los diez  días calendario como término para proferir sentencia  constitucional y notificarla».  

2.  Durante  el trámite de esta instancia, el profesional del derecho de la  querellante envió  mensaje de datos electrónico mediante el cual, señaló  que «manifiesto  al despacho que desisto de la acción constitucional, habida  cuenta que en la mañana de hoy he sido notificado del fallo de  tutela con radicado 11001020400020210200300, cuyos términos y  omisión de pronunciamiento había generado la presente  actuación. Por lo anterior agradezco su intervención  que resultó esencial para que se profiriera y notificara el  aludido fallo, por lo que solicito se archive la presente actuación».  

3.  Advertido  que el  artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 consagra la potestad, en  favor del demandante en tutela, de presentar  desistimiento de  su acción, se  concluye que es viable la aceptación de este,  pues  tal conducta no ha sido proscrita, sino que, por el contrario,  constituye la manifestación soberana de la voluntad de  renunciar a las pretensiones, en un acto que expresa el ejercicio de  la facultad dispositiva de quien interpuso la actuación.  

En  mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de  Casación Civil, administrando justicia en nombre de la  República de Colombia y por autoridad de la Constitución,  ACEPTA  EL  DESISTIMIENTO  que de la demanda tutelar hace  Sonia  Pedroza de Reales.  Lo anterior deberá ser comunicado electrónicamente a  los interesados.  

Notifíquese  y Cúmplase  

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Magistrada  

      

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