STC14006 2021

OCTUBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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STC14006-2021

        

OCTAVIO AUGUSTO  TEJEIRO DUQUE  

Magistrado ponente  

STC14006-2021  

Radicación  nº 11001-02-30-000-2021-01672-00  

(Aprobado en  sesión de diecinueve de octubre de dos mil veintiuno)  

Bogotá,  D.C., diecinueve (19) de octubre de dos mil veintiuno (2021).  

Se resuelve la  tutela que Geraldini Rodríguez Tovar le instauró al  Consejo Superior de la Judicatura y a la Unidad de Registro Nacional  de Abogados y Auxiliares de la Justicia – URNA –.  

ANTECEDENTES  

            

1. La          actora pretende que se ordene a la autoridad convocada la expedición          de su tarjeta profesional.  

Como  soporte  de su pretensión indicó que el  día 6 de septiembre de 2021 presentó solicitud a través  de correo electrónico dirigido a  regnal@cendoj.ramajudicial.gov.co  con el fin de aportar los documentos necesarios para la  expedición de su tarjeta profesional de abogado. El 7 de  septiembre le acusaron recibido. Alegó que hasta el momento de  radicar el amparo no había recibido oportuna respuesta.  

            

2. La Unidad de          Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia manifestó          que inscribió en el registro de abogados «a          la Dra. Geraldine Rodríguez Tovar (…) asignándole          la tarjeta Profesional de Abogado No. 369.148, mediante el Acta No.          18513 de 2021»,          es así, que solicitó se niegue la presente acción          por hecho superado.  

CONSIDERACIONES  

De entrada, se  advierte que el amparo no puede prosperar, toda vez que la pretensión  invocada fue satisfecha en el curso de esta instancia.  

La solicitud de  Geraldini  Rodríguez Tovar  estaba  encaminada a que la Unidad de Registro Nacional de Abogados y  Auxiliares de la Justicia resolviera de fondo y notificara la  respuesta a su petición de 7 de septiembre de la presente  anualidad, con la que buscaba se expidiera su tarjeta profesional de  abogado.  

Por su parte, la  entidad accionada en el desarrollo de la presente actuación  expidió el Acta No. 18513 de 12 de octubre de 2021, a través  de la cual se le asignó y registró a la gestora la  Tarjeta Profesional No. 369148, dando respuesta de fondo, clara,  precisa y congruente al ruego.  

En relación  con el hecho superado alegado por el convocado, esta corporación  ha sostenido:  

(…) el  ‘hecho superado o la carencia de objeto’ (…), se  presenta: ‘si la omisión por la cual la persona se queja  no existe, o ya ha sido superada, en  el sentido que la pretensión erigida en defensa del derecho  conculcado está siendo satisfecha o lo ha sido totalmente,  pues la tutela pierde su eficacia y razón de ser, por lo que  la posible orden que llegase a impartir el juez del amparo carecería  de sentido (STC10752-2020).  

En ese orden de  ideas, emitir una decisión de fondo, carecería de  sentido, pues la situación fáctica que dio origen a la  presente acción ya fue superada y el fin perseguido ya ha sido  satisfecho.  

DECISIÓN  

En mérito  de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación  Civil, administrando justicia en nombre de la República y por  mandato de la Constitución, NIEGA  la  tutela incoada por Geraldini  Rodríguez Tovar.  

Exhortar  al  Consejo Superior de la Judicatura para que, de inmediato, adopte las  medidas necesarias con el propósito de cumplir los términos  en la resolución y expedición de constancias  relacionadas con la práctica jurídica de estudiantes de  derecho, así como de las tarjetas profesionales de abogados.  

Infórmese  a los participantes por el medio más expedito y remítase  el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión,  de no impugnarse esta resolución.  

NOTIFÍQUESE  Y CÚMPLASE  

(Ausencia  Justificada)  

FRANCISCO  TERNERA BARRIOS  

Presidente  de Sala  

ÁLVARO  FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

(Comisión  de Servicios)  

AROLDO  WILSON QUIROZ MONSALVO  

LUIS  ALONSO RICO PUERTA  

OCTAVIO  AUGUSTO TEJEIRO DUQUE  

      

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