Asistente Jurídico Inteligente
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AC682-2022 (2021-04639-00)
AC682-2022
Radicación n.° 11001-02-03-000-2021-04639-00
Bogotá D. C., veintiocho (28) de febrero de dos mil veintidós (2022).
De acuerdo con el artículo 358 del Código General del Proceso, admítase la demanda mediante la cual José Alfonso Carvajal interpuso recurso extraordinario de revisión contra la sentencia de 10 de diciembre de 2019, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, Sala Civil-Familia, en el proceso de pertenencia que instauró en contra de Maria Cristina, Jhon Esteban y Edicson Michael Guerrero Salinas, herederos determinados del señor Esteban Guerrero Torres; Fanny Salinas Ramírez, cónyuge supérstite, herederos indeterminados del citado causante y demás personas indeterminadas, en consecuencia:
1. Ordenase al Juzgado Primero Civil del Circuito de Facatativá remitir el expediente 25269310300120150002200, el cual, según el sistema de consulta de procesos, fue devuelto por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca el 29 de septiembre de 2020 con Oficio 2337. Por Secretaría elabórense las comunicaciones respectivas.
2. Requiérase al recurrente para que adelante todas las gestiones necesarias con la finalidad de que el despacho receptor de esta orden remita en el término más expedito las piezas procesales solicitadas en el numeral anterior.
3. Previo a resolver sobre la medida cautelar que se solicita1, se requiere al recurrente para que aporte el avalúo catastral del inmueble objeto de litigio, actualizado al mes de febrero de 2022 y expedido por la autoridad competente, con la finalidad de fijar el monto de la caución a la que habrá lugar.
Notifíquese.
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
Magistrado
1 “SOLICITO LA INSCRIPCIÓN DE LA PRESENTE DEMANDA DE REVISIÓN A FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA NÚMERO 156-10304 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Facatativá, Cundinamarca” (Demanda de revisión, pág. 50).