Asistente Jurídico Inteligente
Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.
STC433-2022
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
Magistrado ponente
STC433-2022
Radicación nº 11001-02-30-000-2022-00038-00
(Aprobado en sesión de veintiséis de enero de dos mil veintidós)
Bogotá, D.C., veintiséis (26) de enero de dos mil veintidós (2022).
Se resuelve la tutela que Harold José López Calderón le instauró al Consejo Superior de la Judicatura y a la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia – URNA –.
ANTECEDENTES
1. El actor pretende que se ordene a la autoridad convocada expedir y notificar el acto administrativo por medio del cual se le reconozca que realizó práctica jurídica, comoquiera que aquella no le ha dado respuesta a la petición que le formuló en ese sentido.
2. La Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia comunicó que ya resolvió la solicitud.
CONSIDERACIONES
El amparo será negado, toda vez que la pretensión invocada fue satisfecha en el curso de esta instancia, habida cuenta que la entidad accionada expidió y notificó la Resolución No. 364 de 20 de enero de 2022, con la que se dio respuesta de fondo, clara, precisa y congruente al ruego. Así se configura el hecho superado, cual lo ha indicado esta Corporación en múltiples ocasiones, como la ocurrida en STC15786-2021.
DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por mandato de la Constitución, NIEGA la tutela incoada por Harold José López Calderón.
Infórmese a los participantes por el medio más expedito y remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de no impugnarse esta resolución.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Presidente de Sala
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
LUIS ALONSO RICO PUERTA
Ausencia Justificada
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE