AC1305-2015

2015

Asistente Jurídico Inteligente

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      República          de Colombia          

          

          

Corte          Suprema de Justicia    

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN  CIVIL  

JESÚS  VALL DE RUTÉN RUIZ  

Magistrado  ponente  

AC1305-2015  

Radicación  nº. 11001-02-03-000-2014-02799-00  

Bogotá,  D.C., trece (13) de marzo de dos mil quince (2015)  

Procede la Corte a  decidir sobre la admisibilidad de la demanda instaurada por María  Faride Gamboa Prieto, mediante la cual pretende obtener el exequátur  para la sentencia de 12 de julio de 2007 proferida por el Juzgado  Municipal de Dieburg, Alemania, por la cual se decretó el  divorcio del matrimonio civil celebrado entre la solicitante y Sascha  Poth, a cuyo propósito se considera:  

Por auto del  pasado 15 de enero (fls. 20 a 22), este Despacho inadmitió la  solicitud de marras a efectos de que fueran subsanados por la  demandante -so pena de rechazo- unos defectos formales.  

Sin embargo, como  lo informa la Secretaría de la Sala1,  vencido el término de cinco (5) días concedido en el  proveído aludido, la actora no corrigió las falencias  advertidas en el mismo, lo cual impone el rechazo de la presente  demanda de exequátur, conforme lo prevé el numeral 2º  del artículo 695 del Código de Procedimiento Civil.  

Por consiguiente,  de conformidad con los artículos 85 y 695 ídem,  se RECHAZA  la demanda de exequátur de que se ha hecho mérito en la  parte inicial de esta providencia, en cuanto no fuera subsanada.  

Devuélvanse  los anexos sin necesidad de desglose.  

Notifíquese  y cúmplase,  

JESÚS  VALL DE RUTÉN RUIZ  

Magistrado  

1          Folio          23.  

      

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