AC2340-2014 [2013-01848-00]

2014

Asistente Jurídico Inteligente

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    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN CIVIL  

Radicación           n°  11001-0203-000-2013-01848-00   

Bogotá,  D.C.,  seis  (6) de mayo de dos mil  catorce (2014).-   

Se  encuentra  al  Despacho  la  solicitud de  cambio  de  radicación arriba mencionada, formulada con sustento en lo previsto  en  el numeral 8° del artículo 30 del Código General del Proceso, frente a la  cual se considera lo siguiente:   

Aun  cuando tal disposición señala que este  tipo  de  peticiones  se  resuelve  «de plano», la Corte considera, en aras de  garantizar  el  principio  de publicidad y de respetar las garantías procesales  de  todos los interesados en los procesos respecto de los cuales se efectúa una  petición  de  tal  linaje,  que  la  misma  debe dárseles a conocer. Con mayor  razón   debe   enterarse  a  la  autoridad  judicial  que  adelanta  el  juicio  respectivo,  cuando se alega una causal que pone en entredicho la regularidad de  su actuación, como lo es el caso presente.   

Por   lo   anterior,   previo   a   emitir  pronunciamiento de fondo, se ordena librar sendas comunicaciones:   

-Al Juzgado Quinto de Familia de Bucaramanga,  y  a  todos  los  interesados  en el proceso ordinario de declaración de unión  marital  de hecho de XXXXXXXXXXXXXXXX contra XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, radicado  allí bajo el número 2011-00870; y   

-Al Juzgado Sexto de Familia de Bucaramanga,  y  a  todos  los  interesados  en el proceso de sucesión de XXXX XXXXXXXXXXXXX,  radicado allí bajo el número 2012-00313.   

De  igual  forma,  con  fundamento  en  lo  establecido  en  el  inciso  tercero de la norma citada anteriormente, se ordena  oficiar  al  Consejo Superior de la Judicatura para que emita concepto previo en  relación con cada uno los procesos mencionados.   

Surtido  el  trámite  ordenado,  ingrese el  expediente al Despacho para decidir lo que en derecho corresponda.   

Notifíquese y cúmplase.  

ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

Magistrado  

    

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