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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
RUTH MARINA DÍAZ RUEDA
Magistrada Ponente
AC-2884-2014
Radicación n° 11001-31-03-005-2006-00315-01
(Aprobado en sesión de veintiocho de mayo de dos mil catorce)
Bogotá D.C., veintiocho (28) de mayo de dos mil catorce (2014).
Resuelve la Sala el impedimento expresado por el Magistrado doctor Álvaro Fernando García Restrepo, para participar en la decisión del recurso de casación formulado por las demandantes XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXXXX frente a la sentencia de 14 de diciembre de 2012 proferida por la Sala Civil de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso ordinario que aquellas y XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX promovieron contra la XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
CONSIDERACIONES
La hipótesis aducida como sustento de la reseñada manifestación, alude a la circunstancia de haber conocido la esposa del nombrado integrante de esta Sala, del trámite de la segunda instancia que culminó con la sentencia impugnada en casación, situación que configura la causal consagrada en el numeral 2º del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil.
Por lo tanto, habrá de admitirse el citado instituto procesal, en aras de garantizar la independencia e imparcialidad, principios estos erigidos en el precepto 5º de la Ley 270 de 1996, como indispensables para el cabal desarrollo de la función judicial, los que a su vez responden a los postulados contemplados en los cánones 228 y 230 de la Constitución Política.
DECISIÓN
En mérito de lo analizado, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE:
Primero: Aceptar el impedimento expresado por el Magistrado doctor Álvaro Fernando García Restrepo, para intervenir en la discusión y aprobación del fallo con el que habrá de resolverse la impugnación extraordinaria mencionada en la parte motiva, no siendo necesario designar conjuez, dado que subsiste el quórum requerido para la decisión de fondo.
Segundo: Ordenar a la Secretaría que oportunamente retorne el proceso al Despacho, para lo legalmente pertinente.
Notifíquese
JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ
MARGARITA CABELLO BLANCO
RUTH MARINA DÍAZ RUEDA
FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ
ARIEL SALAZAR RAMÍREZ