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Rad. n.º 11001-02-03-000-2015-00915-00
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC3038-2015
Radicación n. º 11001-02-03-000-2015-00915-00
Bogotá D.C., dos (2) de junio de dos mil quince (2015).
Se niega la solicitud elevada por la parte demandada, según la cual requiere que se dejen sin valor ni efecto las actuaciones secretariales adelantadas a propósito del trámite del recurso de queja, tras considerar, que no le fue posible pronunciarse frente al mismo dentro del término legal previsto, por cuanto se modificó irregularmente el número de radicación del proceso, tornándose imposible consultar el mismo (fls. 14 a 17).
Notifíquese,
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado
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