AC3876-2014 [2005-00539-01]

2014

Asistente Jurídico Inteligente

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN CIVIL  

JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ  

Magistrado Ponente  

Radicación    n.°  11001-31-03-029-2005-00539-01   

(Aprobado en sesión de nueve de julio de dos  mil catorce)   

Bogotá,  D. C., catorce (14) de julio de dos  mil catorce (2014)   

Con base en lo señalado en la causal 2ª del  artículo  150  del Código de Procedimiento Civil, ha manifestado el Magistrado  Álvaro  Fernando García Restrepo (fl.104 Cdno. Corte) impedimento para conocer  del  recurso de casación formulado por Guillermo Alfonso Trujillo Gómez contra  la   sentencia  de  29  de  enero  de  2013  proferida  por  la  Sala  Civil  de  Descongestión  del Tribunal Superior de Bogotá, y que su cónyuge –Dra.   Luz   Stella   Roca  Betancur-  suscribió,  en  el  proceso  ordinario  instaurado  por  el  recurrente  contra  Bancafé  hoy  Granbanco  S.A.;  y  asimismo  él en su condición de Magistrado  también conoció del asunto.   

En  efecto,  así  se  puede  constatar  en  providencia  dictada  en  segunda  instancia (fls. 74 a 101 Cdno. 8), y en autos  que  se encuentran suscritos por el magistrado García Restrepo (fls 3, 12 a 17,  cdno.  4)  y  (  fls.3,  4,  58, a 63, cdno. 8), por lo que, como es evidente la  estructuración  de  la  causal  de  impedimento  invocada, la Sala de Casación  Civil  de la Corte Suprema de Justicia, lo ACEPTA y en consecuencia lo separa de  su conocimiento.   

No hay lugar a la designación de conjuez, en  razón  a  que no se presenta la hipótesis del inciso final del artículo 54 de  la Ley 270 de 1996.   

En firme esta providencia, vuelva el proceso  al Despacho para lo pertinente.   

Notifíquese,  

JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ  

MARGARITA CABELLO BLANCO  

RUTH MARINA DÍAZ RUEDA  

FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ  

ARIEL SALAZAR RAMÍREZ  

LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA  

    

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