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República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AC4618-2015
Radicación n° 11001-02-03-000-2014-02700-00
Bogotá D.C., doce (12) de agosto de dos mil quince (2015).
De conformidad con lo previsto en los artículos 86 y 383 del Código de Procedimiento Civil y como el libelo presentado cumple con las formalidades de rigor, se admite la demanda de revisión presentada por el señor Lucio Eduardo Riveros Beltrán, a fin de que se revise la sentencia proferida por la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca el 16 de noviembre de 2012, dentro del proceso de investigación de paternidad que adelantó en su contra y ante el Juzgado Promiscuo de Familia de Fusagasugá, la Comisaria de Familia de Pasca en interés de la menor Nicholle Gabriela Castillo Baquero.
En consecuencia, de la demanda y sus anexos córrase traslado a los interesados por el término de cinco (5) días, en la forma establecida en el artículo 87 ibídem.
Finalmente, se reconoce personería al abogado Néstor Francisco Nieto Ruiz como apoderado del revisionista, en los términos del poder que le fue otorgado.
Notifíquese,
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado