AC4863-2015

2015

Asistente Jurídico Inteligente

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      República  de          Colombia          

          

          

Corte          Suprema de Justicia          

    

CORTE  SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA DE CASACIÓN  CIVIL  

AC4863-2015  

Radicación  nº 11001-31-03-042-2009-00788-01  

Bogotá  D. C., veintisiete (27) de agosto de dos mil quince (2015).  

Se decide lo  pertinente dentro del asunto de la referencia.  

            

I. ANTECEDENTES  

1.- En el fallo  de 27 de julio del año que avanza, que casó  parcialmente el de segunda instancia, en el proceso ordinario de  Guillermo Alfonso Sierra Torres contra la Federación  Colombiana de Productores de Papa – Fedepapa-, se decretó  como prueba de oficio el dictamen pericial a cargo de un profesional  de contaduría, quien deberá rendir experticia sobre los  puntos en ella señalados.  

2.- Se hace  necesaria la práctica de dicho medio de convicción, a  fin de dilucidar las inquietudes planteadas y proferir la sentencia  sustitutiva correspondiente, en razón de la prosperidad  parcial del recurso extraordinario resuelto.  

            

II. CONSIDERACIONES  

1.-        Como quiera  que se dan los presupuestos procesales, se designará el  auxiliar de la justicia encargado de realizarla, tomado de la lista  obrante a folio 102 y que hace parte integral de la presente  decisión.  

            

III. DECISIÓN  

En mérito  de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación  Civil,  

RESUELVE  

Primero:  Designar como perito contador en este asunto a Carlos Andrés  Hernández González, para que en el término de  veinte (20) días se pronuncie sobre los puntos indicados a  folio 95.  

Segundo:  Comisionar a Wilmar José Fuentes Cepeda, Magistrado Auxiliar  al servicio de este Despacho, para la posesión del  profesional, que se llevará a cabo el 9 de septiembre de 2015  a las nueve de la mañana (09:00 a.m.).  

Tercero:  Advertir al auxiliar de la justicia sobre las previsiones contenidas  en el artículo 9 del Código de Procedimiento Civil.  

Cuarto:  Ordenar a Secretaría que:  

a.-) Comunique el  nombramiento al auxiliar.  

b.-) Acucie, sin  necesidad de auto que lo ordene, la ejecución del encargo.  

Notifíquese  

FERNANDO  GIRALDO GUTIÈRREZ  

Magistrado  

      

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