Asistente Jurídico Inteligente
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AC031-2021 (2019-04186-00)
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA
Magistrado
AC031-2021
Radicación n.° 11001-02-03-000-2019-04186-00
Bogotá, D. C., veinte (20) de enero de dos mil veintiuno (2021).
Sería el caso resolver el conflicto suscitado entre la Sala Civil del Tribunal Superior de Medellín (Antioquia) y la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Manizales (Caldas), para conocer del recurso de súplica contra el auto que declaró, en segunda instancia, la nulidad de lo actuado a partir del 14 de marzo de 2007, dentro de proceso reivindicatorio promovido por Libardo de Jesús Upegui contra Oscar López Jaramillo, si apareciese planteado.
En efecto, únicamente la autoridad judicial inicialmente citada señaló las razones por las cuales consideró que no era competente. El otro estrado judicial, en cambio, nada indicó sobre el particular o si lo hizo el auto respectivo no aparece en el expediente.
La materia para resolver, en consecuencia, se echa de menos y esto impone devolver la actuación a donde corresponde para lo pertinente.
DECISIÓN
Con base en lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, ordena devolver la actuación a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Manizales (Caldas) para lo de su cargo.
Notifíquese
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA
Presidente de Sala