AC1070-2016 (2005-01188-01)

2016

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      República          de Colombia                    

Corte          Suprema de Justicia    

CORTE  SUPREMA DE JUSTICIA  

SALA  DE CASACION CIVIL  

  

AC1070-2016  

Radicación  n. 11001 31 10 005 2005 01188 01  

(Aprobado  en sesión de veinticuatro de febrero de dos mil dieciséis)  

  

  

Bogotá,  D. C., veintinueve (29) de febrero de dos mil dieciseis (2016).  

  

  

Vista  la manifestación de impedimento (folio 35) del Magistrado Dr.  LUÍS ARMANDO TOLOSA VILLABONA, a que se refiere la constancia  secretarial que antecede, refulge que aquella encuentra estribo en lo  dispuesto por las causales 9 y 12 del artículo 140 del Código  General del Proceso.  

  

En  la referida providencia el Magistrado Dr. TOLOSA VILLABONA dijo:  “Efectuado  el correspondiente examen, encuentro que tengo una amistad íntima  con uno (a) de los representantes judiciales y del mismo modo actué  en el pasado como apoderado de uno (a) de los intervinientes en otro  asunto”.  (Subraya fuera de texto), circunstancias que, indicó, se  avienen a los motivos de impedimento establecidos en el nuevo  Estatuto de los ritos civiles que ya se mencionaron.  

  

Sobre  ello, aún cuando la Sala no encuentra reparo a lo esgrimido  sobre la causal 9º, no ocurre lo propio con la número 12  que reza: “Haber  dado al Juez consejo o concepto fuera de actuación judicial  sobre las cuestiones materia del proceso, o  haber intervenido en éste como apoderado,  agente del Ministerio Público, perito o testigo”, debido  a que la representación judicial que expresó haber  tenido el Dr. TOLOSA VILLABONA “de  uno de los intervinientes”,  se produjo “en  otro asunto”.  

Colofón  obligado de lo advertido, se  

  

RESUELVE  

  

ACEPTAR,  atendiendo  las motivaciones referidas, el impedimento manifestado y separar al  Dr. LUÍS ARMANDO TOLOSA VILLABONA del conocimiento de la  causa, sin necesidad de designación de conjuez para reemplazar  al impedido, dado que el resto de los integrantes de la Sala  constituyen quórum suficiente para deliberar y decidir.  

  

  

NOTIFÍQUESE  

  

  

ALVARO  FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

  

  

  

  

MARGARITA  CABELLO BLANCO  

  

  

  

  

  

FERNANDO  GIRALDO GUTIÉRREZ  

  

  

  

  

  

ARIEL  SALAZAR RAMÍREZ  

  

      

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