Asistente Jurídico Inteligente
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LUIS ALONSO RICO PUERTA
Magistrado Ponente
ATCXXX-2016
Radicación n° 11001-22-03-000-2016-01565-02
(Aprobado en sesión del veintitrés de noviembre dos mil dieciséis)
Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
Se acepta el impedimento que el Magistrado Ariel Salazar Ramírez manifestó verbalmente en Sala de la fecha, para emitir pronunciamiento en relación con la acción de tutela de la referencia, de conformidad con la causal prevista en el numeral 6º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, norma aplicable por remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, relacionado con que la «cónyuge (…) dictó la providencia a revisar», merced a que la Magistrada Adriana Saavedra Lozada hace parte de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá que profirió la sentencia atacada por esta vía extraordinaria.
En razón de lo anterior, se le declara separado del conocimiento, sin que se considere necesaria la designación de conjuez para reemplazarlo, toda vez que con los demás integrantes de la Sala, se verifica el quórum requerido para deliberar y resolver el presente asunto.
Comuníquesele la determinación por el medio más expedito.
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Presidente de Sala
MARGARITA CABELLO BLANCO
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
LUIS ALONSO RICO PUERTA
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA