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AC1465-2021 (2017-00306-01)
AC1465-2021
Radicación n.° 05001-31-03-017-2017-00306-01
Bogotá, D.C., veintiocho (28) de abril de dos mil veintiuno (2021).
Mediante auto de 22 de febrero de 2021, se admitió el recurso de casación interpuesto por la demandada Materiales y Obras S.A.S. contra la sentencia que el 19 de septiembre de 2020 profirió la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín; asimismo, se corrió traslado a la impugnante, por el término de 30 días, a fin de que presentara la respectiva demanda de sustentación.
Sin embargo, la convocante no atendió esa carga oportunamente, conforme se indicó en el informe secretarial que antecede, razón por la cual, al amparo de lo dispuesto en el artículo 343 del Código General del Proceso, el suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil,
RESUELVE
PRIMERO. DECLARAR DESIERTO el recurso de casación interpuesto por la demandada Materiales y Obras S.A.S.
SEGUNDO. ABSTENERSE de imponer condena en costas, por no aparecer causadas (artículo 365, numeral 8, Código General del Proceso).
TERCERO. Ejecutoriado este proveído, remítanse las diligencias al ad quem, para lo de su competencia.
Notifíquese y cúmplase
LUIS ALONSO RICO PUERTA
Magistrado