AC 1465 2021

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AC1465-2021 (2017-00306-01)

        

AC1465-2021  

Radicación  n.° 05001-31-03-017-2017-00306-01  

Bogotá,  D.C., veintiocho (28) de abril de dos mil veintiuno (2021).  

Mediante  auto de 22 de febrero de 2021, se admitió el recurso de  casación interpuesto por la demandada Materiales y Obras  S.A.S. contra la sentencia que el 19 de septiembre de 2020 profirió  la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de  Medellín; asimismo, se corrió traslado a la impugnante,  por el término de 30 días, a fin de que presentara la  respectiva demanda de sustentación.  

Sin  embargo, la convocante no atendió esa carga oportunamente,  conforme se indicó en el informe secretarial que antecede,  razón por la cual, al amparo de lo dispuesto en el artículo  343 del Código General del Proceso, el  suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación  Civil,  

RESUELVE  

PRIMERO.  DECLARAR DESIERTO el  recurso de casación interpuesto por la  demandada Materiales y Obras S.A.S.  

SEGUNDO.  ABSTENERSE  de imponer condena en costas, por no aparecer causadas (artículo  365, numeral 8, Código General del Proceso).  

TERCERO.  Ejecutoriado  este proveído, remítanse las diligencias al ad  quem,  para lo de su competencia.  

Notifíquese  y cúmplase  

LUIS  ALONSO RICO PUERTA  

Magistrado  

      

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