Asistente Jurídico Inteligente
Selecciona un texto en la página o analiza el artículo completo.
ⓘ Puedes seleccionar un fragmento de texto o analizar el artículo completo.
AC4912-2021 (2021-01573-00)
AC4912-2021
Bogotá, D.C., diecinueve (19) de octubre de dos mil veintiuno (2021).
De conformidad con el informe secretarial que antecede y, verificado que el extremo activo no subsanó oportunamente las exigencias plasmadas en auto de 28 de julio de 2021, el suscrito Magistrado resuelve:
PRIMERO: Rechazar la demanda de la referencia.
SEGUNDO: Devuélvanse los anexos de la solicitud de exequátur sin necesidad de desglose, en consonancia con el artículo 90 del Código General del Proceso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Magistrado