Asistente Jurídico Inteligente
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ATC090-2021
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado ponente
ATC090-2021
Radicación n.° 11001-02-03-000-2021-00194-00
(Aprobado en sesión virtual de tres de febrero de dos mil veintiuno)
Bogotá, D.C., tres (3) de febrero de dos mil veintiuno (2021).-
Se ACEPTA el impedimento que el Magistrado Luis Alonso Rico Puerta manifestó en auto del pasado 1° de febrero, para emitir pronunciamiento en relación con la acción de tutela de la referencia, de conformidad con la causal prevista en el numeral 6º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, norma aplicable por remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, merced a que la queja constitucional se hace extensiva a lo resuelto mediante proveídos AC3686-2019 y AC4774-2019 por medio de los cuales, en su orden, se declaró prematura la concesión del recurso extraordinario de casación formulado contra la sentencia proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, y se decidió mantener dicha determinación, en el marco del declarativo objeto aquí de revisión.
En razón de lo anterior, se le declara en Sala de Decisión virtual separado del conocimiento al citado magistrado, sin que se considere necesaria la designación de conjuez para reemplazarlo, toda vez que con los demás integrantes de la Sala, se verifica el quórum requerido para deliberar y resolver el presente asunto.
Comuníquesele la determinación por el medio más expedito.
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Presidente de Sala
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA