ATC1217 2021

AGOSTO

Asistente Jurídico Inteligente

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ATC1217-2021

        

PEDRO  LAFONT PIANETA  

Conjuez  Ponente  

ATC1217-2021  

Radicación  n° 11001-02-30-000-2021-00781-00  

(Aprobado en  sesión de diecinueve de agosto de dos mil veintiuno)  

Bogotá,  D. C., diecinueve (19) de agosto de dos mil veintiuno (2021).  

Procede la Sala de  Conjueces a resolver la declaración de impedimento manifestado  por los Magistrados titulares de la Sala de Casación Civil de  la Corte Suprema de Justicia, Doctores FRANCISCO  TERNERA BARRIOS, ALVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO, HILDA  GONZÁLEZ NEIRA, AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO, LUIS ALONSO  RICO PUERTA, OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Y LUIS ARMANDO TOLOSA  VILLABONA  en la acción de tutela interpuesta por REYNALDO  QUICENO ALZATE  contra la Sala de Casación Civil y Laboral de la Corte Suprema  de Justicia, el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Medellín,  el Juzgado Trece Civil del Circuito de la misma ciudad y la Sala  Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín,  previa las siguientes consideraciones:  

1.- Presentada la  referida acción de tutela, que fuera repartida inicialmente a  la Sala de Casación Civil, remitida luego a la Sala de  Casación Laboral y posteriormente a la Sala Plena de la Corte  Suprema de Justicia, correspondiéndole nuevamente a la Sala de  Casación Civil de la misma, los Magistrados arriba señalados  manifestaron su impedimento para conocer de dicha acción de  tutela con fundamento en el numeral 6º. del Art. 56 de la Ley  906 de 2004 -aplicable en materia de tutelas en virtud de la remisión  del Art.39 del Decreto 2591 de 1991- en razón a haber “dictado  la providencia de cuya revisión se trata, o hubiere  participado dentro del proceso” pertinente.  

2.- Revisada la  actuación correspondiente establece la Sala, de una parte, que  en el  Auto del 28 de mayo de 2021 de la Sala de Casación  Civil en que se remite dicha actuación a la Sala de Casación  Laboral, se señala en el escrito de tutela que en el Despacho  del Magistrado Dr. Alvaro Fernando García Restrepo “guardó  silencio frente a lo declarado por mi parte en el informe y frente a  la solicitud debida de nulidad”, y que, de la otra que en  atención al Auto de 4 de junio de 2021, del Magistrado Ponente  de la Sala de Casación Laboral, el accionante señala  como pretensiones “además de los convocados, acción  u omisión de la Sala de Casación Civil, de acuerdo con  el num.5 del Art.1º. del 333 de 06 de abril de 2021” (fol.  65).  

Así mismo  establece esta Sala de conjueces que efectivamente la Sala de  Casación Civil, integrada por los Magistrados titulares arriba  mencionados, profirió el 19 de mayo de 2021 la sentencia STC-  5509-2021 sobre la acción de tutela interpuesto por Diego  Alejandro Torres Burgos contra la Sala Civil del Tribunal Superior de  Medellín, y los Juzgados Octavo Civil Municipal y Tercero  Civil del Circuito, ambos de la misma ciudad, en la cual, dice el  ahora accionante Reynaldo Quiceno Alzate, que “la Sala de  Casación Civil omitió el requerimiento peticionado por  mi parte al interior del informe rendido sobre los hechos y  pretensiones de la tutela del joven Diego Alejandro” (fol. 65,  ppal y vto.).  

3.- Luego, como el  reproche del accionante se refiere a un aspecto esencial de la  intervención de la Sala de Casación Civil, encuentra  justificada esta Sala de Conjueces el impedimento arriba señalado,  por lo que  

DECIDE  

Aceptar el  impedimento  manifestado en la Acción de Tutela comentada por los Doctores  FRANCISCO  TERNERA BARRIOS, ALVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO, HILDA  GONZÁLEZ NEIRA, AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO, LUIS ALONSO  RICO PUERTA, OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Y LUIS ARMANDO TOLOSA  VILLABONA.  

En  firme la presente providencia, vuelva el expediente a este Despacho,  para lo de su cargo.  

NOTÍFIQUESE  Y CÚMPLASE  

Conjuez  Ponente  

BERENICE  CRUZ RODRÍGUEZ  

Conjuez  

SELENE  PIEDAD MONTOYA CHACÓN  

Conjuez  

DORA  CONSUELO BENITEZ TOBÓN  

Conjuez  

JORGE  ERNESTO OVIEDO ALBAN  

Conjuez  

EDGAR  AUGUSTO RAMÍREZ BAQUERO  

Conjuez  

JOSÉ  ALBERTO GAITAN MARTÍNEZ  

Conjuez      

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