ATC1791 2021

NOVIEMBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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ATC1791-2021

        

HILDA GONZÁLEZ  NEIRA  

Magistrada Ponente  

ATC1791-2021  

Radicación  n° 11-001-02-30-000-2021-02048-00  

Bogotá  D.C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).  

1.  Diego Andrés Quintero Tabares demandó al  Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional  de Abogados  invocando la protección del derecho de petición, para  que, se  le ordenara resolver su «solicitud  de aprobación de práctica jurídica»  (13 oct. 2021).  

2.  Durante  el trámite de esta instancia, el memorialista envió  mensaje de datos electrónico mediante el cual manifiesta, que  «(…)  solicito DESISTIMIENTO,  toda vez que el día de 24 de noviembre de 2021, el Consejo  Superior de la Judicatura procedió a hacer envió de la  resolución donde se certifica la Judicatura como opción  para obtener el título de abogado, por lo que las pretensiones  de la acción de tutela fueron resueltas y la vulneración  al derecho fundamental de petición feneció».  

3. Advertido  que el  artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 consagra la potestad, en  favor del demandante en tutela, de presentar  desistimiento de  su acción, se  concluye que es viable la aceptación de este,  pues  tal conducta no ha sido proscrita, sino que, por el contrario,  constituye la manifestación soberana de la voluntad de  renunciar a las pretensiones, en un acto que expresa el ejercicio de  la facultad dispositiva de quien interpuso la actuación.  

En mérito  de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación  Civil, administrando justicia en nombre de la República de  Colombia y por autoridad de la Constitución, ACEPTA  el  desistimiento que de la demanda tutelar hace  Diego Andrés Quintero Tabares. Lo anterior deberá ser  comunicado electrónicamente a los interesados.  

Notifíquese  y Cúmplase  

HILDA GONZÁLEZ  NEIRA  

Magistrada  

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