STC17330 2021

DICIEMBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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STC17330-2021

        

OCTAVIO  AUGUSTO TEJEIRO DUQUE  

Magistrado  ponente  

STC17330-2021  

Radicación  nº 11001-02-03-000-2021-04485-00  

(Aprobado  en sesión de quince  de diciembre dos mil veintiuno)  

Bogotá,  D.C., quince (15) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).  

Se  resuelve la tutela que Cindy  Johanna Mavesoy Losada instauró contra  la  Sala  Única del Tribunal Superior del  Distrito Judicial de Florencia,  extensiva a las autoridades,  partes  e intervinientes en el proceso de  declaración de ausencia con  radicado n° 185923189002-2021-00122-01.  

ANTECEDENTES  

1.  La gestora pidió que se ordene resolver el conflicto de  competencia que suscitó su litigio entre los Juzgados  Promiscuo de Familia y Segundo Promiscuo del Circuito de Puerto Rico  Caquetá (7 sep. 2021). Indicó haber acudido en dos  ocasiones a la magistratura accionada a pedir que resolvieran su caso  (1 oct. y 5 nov. 2021), sin que a la fecha de interposición  del resguardo (30 nov. 2021) se emitiera pronunciamiento alguno. De  la falta de resolución deriva su reproche.  

2.  El  Tribunal accionado remitió el link del expediente e indicó  haber desatado el conflicto de competencia.  

CONSIDERACIONES  

El  amparo será negado, toda vez que la pretensión invocada  fue satisfecha en el curso de esta instancia, habida cuenta que la  magistratura convocada emitió y notificó1  (7 y 9 dic. 2021 respectivamente) el auto que asignó la  competencia del proceso objeto de revisión al juzgado de  familia reseñado. Así se configura el hecho superado,  cual lo ha indicado esta Corporación en múltiples  ocasiones, como la ocurrida en STC10752-2020.  

DECISIÓN  

En  mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala  de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la  República y por autoridad de la Constitución,  resuelve  NEGAR  la  tutela instada por Cindy  Johanna Mavesoy Losada.  

Infórmese  a los participantes por el medio más expedito y remítase  el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión,  de no impugnarse esta resolución.  

NOTIFÍQUESE  Y CÚMPLASE  

FRANCISCO  TERNERA BARRIOS  

Presidente  de Sala  

ÁLVARO  FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

AROLDO  WILSON QUIROZ MONSALVO  

LUIS  ALONSO RICO PUERTA  

Con  Ausencia Justificada  

OCTAVIO  AUGUSTO TEJEIRO DUQUE  

1          Estado n° 100 del 9 de diciembre de 2021:          https://www.ramajudicial.gov.co/documents/12427734/58991643/100_estado.pdf/ea2719e6-3c5b-4d4e-a7cd-0c48272931b2

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