STC7100 2021

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STC7100-2021

        

OCTAVIO  AUGUSTO TEJEIRO DUQUE  

Magistrado  ponente  

STC7100-2021  

Radicación  nº 11001-02-30-000-2021-00662-00  

(Aprobado  en sesión de dieciséis de junio dos mil veintiuno)  

Bogotá,  D.C., diecisiete (17) de junio de dos mil veintiuno (2021).  

Se  resuelve la tutela que Jorge Luis Ruíz Hernández le  instauró al Consejo Superior de la Judicatura – Unidad  de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia -.  

ANTECEDENTES  

            

1. El          accionante pretende que se ordene a la autoridad convocada la          expedición de su tarjeta profesional.  

En  sustento, indicó que el día 13 de mayo de 2021  «radi[có]  documentos a través de la página web de la plataforma  SIRNA-Rama Judicial 2021 (…) el 1 de junio de 2021 ante la  recurrente insistencia (…) a través de las líneas  telefónicas publicadas (…) se logró establecer  comunicación, dentro de la cual se manif[estó] que  deberá esperarse un término no menor de tres (3) meses  más».   Alegó que hasta el momento de radicar el amparo no había  recibido oportuna respuesta.  

            

2. La Unidad de          Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia manifestó          que inscribió en el registro de abogados «al          Dr. Jorge Luis Ruíz Hernández (…) asignándole          la tarjeta Profesional de Abogado No. 360084, mediante el Acta No.          8154 de 2021»,          es así, que solicitó se niegue la presente acción          por hecho superado.  

CONSIDERACIONES  

De  entrada, se advierte que el amparo no puede prosperar, toda vez que  la pretensión invocada fue satisfecha en el curso de esta  instancia.  

La  solicitud de Jorge  Luis Ruíz Hernández estaba encaminada a que la Unidad  de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia  resolviera de fondo y notificara la respuesta a su petición de  13 de mayo de la presente anualidad, con la que buscaba se expidiera  su tarjeta profesional de abogado.  

Por  su parte, la entidad accionada en el desarrollo de la presente  actuación expidió el Acta No. 8154 de 2021, a través  de la cual se le asignó y registró al gestor la Tarjeta  Profesional No. 360084, dando respuesta de fondo, clara, precisa y  congruente al ruego.  

En  relación con el hecho superado alegado por el convocado, esta  corporación ha sostenido:  

(…)  el  ‘hecho superado o la carencia de objeto’ (…), se  presenta: ‘si la omisión por la cual la persona se queja  no existe, o ya ha sido superada, en  el sentido que la pretensión erigida en defensa del derecho  conculcado está siendo satisfecha o lo ha sido totalmente,  pues la tutela pierde su eficacia y razón de ser, por lo que  la posible orden que llegase a impartir el juez del amparo carecería  de sentido (STC10752-2020).  

En  ese orden de ideas, emitir una decisión de fondo carecería  de sentido, pues la situación fáctica que dio origen a  la presente acción ya fue superada y el fin perseguido ya ha  sido satisfecho.  

DECISIÓN  

En  mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala  de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la  República y por mandato de la Constitución, NIEGA  la  tutela incoada por Jorge  Luis Ruíz Hernández contra el Consejo Superior de la  Judicatura y la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares  de la Justicia – URNA -.  

NOTIFÍQUESE  Y CÚMPLASE  

FRANCISCO  TERNERA BARRIOS  

Presidente  de Sala  

ÁLVARO  FERNANDO GARCÍA RESTREPO  

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

AROLDO  WILSON QUIROZ MONSALVO  

LUIS  ALONSO RICO PUERTA  

OCTAVIO  AUGUSTO TEJEIRO DUQUE  

LUIS  ARMANDO TOLOSA VILLABONA  

      

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