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AC1433-2023 (2018-02317-00)
AC1433-2023
Radicación n°. 11001-02-03-000-2018-02317-00
Bogotá D.C., veintinueve (29) de mayo de dos mil veintitrés (2023).
En vista de que no se dio cumplimiento a lo requerido en dos de los autos de 29 de marzo pasado (cfr. consecutivos 29 y 33), en el entendido de que el extremo recurrente no acreditó haber agotado las gestiones tendientes a efectuar las publicaciones en los medios de comunicación a fin de materializar el emplazamiento de los herederos indeterminados de Pedro Alcántara Delgado; como, tampoco, procuró la notificación de la convocada Beatriz Delgado Pedraza, el suscrito Magistrado de la Sala Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
PRIMERO. DECRETAR el desistimiento tácito del presente proceso de revisión, impulsado por Antonio Tarazona Delgado, y otros, en calidad de herederos determinados de Pedro Alcántara Delgado, respecto de la sentencia de 22 de agosto de 2013, proferida por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga dentro del proceso con radicado 2010-0344 (1997-01939).
SEGUNDO. LEVANTAR las medidas cautelares decretadas y practicadas, en el evento de que las hayan; ofíciese, previa la verificación de embargo de remanentes, caso en el cual los bienes habrán de ponerse a disposición de la autoridad correspondiente (art. 466 CGP). Por Secretaría, emítanse las comunicaciones a que haya lugar conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 2213 de 2022.
TERCERO. DESGLOSAR los documentos que sirvieron de base para la demanda, a fin de que sean entregados a los promotores [arts. 116 y 317 (lit. g) CGP].
CUARTO. Sin costas, por no aparecer causadas.
QUINTO. ARCHIVAR las presentes diligencias, una vez se cumpla lo dispuesto en este auto.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
Magistrado