AC 1935 2022

MAYO

Asistente Jurídico Inteligente

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AC1935-2022 (2021-04711-00)

        

AC1935-2022  

Radicación  n.° 11001-02-03-000-2021-04711-00  

Bogotá  D.C., trece (13) de mayo de dos mil veintidós (2022).  

De  conformidad con el informe secretarial que antecede1  y verificado que el extremo activo no subsanó el escrito  inicial de acuerdo con las exigencias previstas en auto del 17 de  marzo de los corrientes2,  el suscrito Magistrado de la Sala de Casación Civil de la  Corte Suprema de Justicia, resuelve:  

PRIMERO.  RECHAZAR la  demanda de la referencia.  

SEGUNDO.  DEVOLVER  los anexos de la solicitud de exequátur sin necesidad de  desglose, en consonancia con el artículo 90 del Código  General del Proceso.  

Notifíquese  y cúmplase,  

FRANCISCO  TERNERA BARRIOS  

Magistrado  

1          Actuación          5, ecosistema digital, expediente digital.  

2          Actuación          3, ibídem.      

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