Asistente Jurídico Inteligente
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AC2543-2022 (2022-01705-00)
AC2543-2022
Radicación n° 11001-02-03-000-2022-01705-00
Bogotá, D.C., dieciséis (16) de junio de dos mil veintidós (2022).
Se inadmite la demanda de revisión que Luis Alberto Pumarejo Villalobos interpone frente a la sentencia proferida el 28 de agosto de 2019 por la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena dentro del proceso de Restitución y Formalización de Tierras promovido por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas de Antioquia a favor de Rosa Isabel Aguas Madrid, para que en el plazo de cinco días, so pena de rechazo, la subsane, para lo cual deberá:
1.- Señalar de manera precisa «los hechos concretos que le sirven de fundamento» a la causal invocada, teniendo en cuenta que este mecanismo extraordinario no es una oportunidad adicional para reeditar el debate que se dio en las instancias en torno a los hechos o sobre la escogencia, interpretación y aplicación de las normas que habrían de regular el litigio, y que en lo relativo al sexto motivo, se debe fundamentar la “colusión u otra maniobra fraudulenta de las partes en el proceso en que se dictó la sentencia” de conformidad con las pautas jurisprudenciales.
2.- Informar la fecha de ejecutoria de la sentencia atacada, en cuando solo se informa la de emisión y notificación.
3.- Manifestar la oficina judicial donde se encuentra el expediente respectivo.
4.- Indicar el nombre de todos quienes fueron parte en el proceso de restitución de tierras y, en relación con ellos, cumplir cabalmente los requisitos establecidos en los artículos 82 y 357 del Código General del Proceso, teniendo en cuenta que, de conformidad con el texto de la sentencia atacada, se ordenó la vinculación de la Agencia Nacional de Infraestructura. Esto sin perjuicio de otras personas o entidades que igualmente hayan sido citadas.
Se reconoce al abogado Giovani Aroca Araújo como apoderado judicial del recurrente, en los términos del poder que le fue conferido
Notifíquese,
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
Magistrado