AC 2557 2023

SEPTIEMBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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AC2557-2023 (2023-00639-00)

        

AC2557-2023  

Radicación  n.° 11001-02-03-000-2023-00639-00  

Bogotá D.  C., cinco (5) de septiembre de dos mil veintitrés (2023).  

De conformidad con  el numeral 4 del artículo 31 del Código General del  Proceso, corresponde a las salas civiles de los tribunales superiores  de distrito judicial conocer «del  recurso de revisión contra las sentencias dictadas por los  jueces civiles del circuito, civiles municipales y de pequeñas  causas, y por las autoridades administrativas cuando ejerzan  funciones jurisdiccionales».  

En el presente  caso, Magier Adolfo Vitola Montalvo, a través de apoderada  judicial, interpone recurso extraordinario de revisión contra  la sentencia de 10 de noviembre de 2022, proferida por el Juzgado 42  de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá,  en el juicio de restitución de inmueble arrendado iniciado en  su contra por Miguel Ángel Castellanos Barbosa. Así las  cosas, la competencia para conocer del mentado recurso extraordinario  de revisión es de la Sala Civil del Tribunal Superior del  Distrito Judicial de Bogotá, por ser el tribunal superior  funcional del Juzgado 42 de Pequeñas Causas y Competencia  Múltiple de esta ciudad.  

Por consecuencia,  SE  DISPONE:  

1. Ordenar la  remisión, por competencia, del presente recurso extraordinario  de revisión a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito  Judicial de Bogotá, para que sea sometido al correspondiente  reparto. La secretaría proceda de conformidad dejando las  constancias del caso.  

2. Reconocer  personería a la abogada Angie Vanessa Espinel Mahecha, como  apoderada judicial del recurrente en los términos del poder a  ella conferido.  

Notifíquese.  

AROLDO WILSON  QUIROZ MONSALVO  

      

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