Asistente Jurídico Inteligente
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AC3108-2022 (2022-02153-00)
AC3108-2022
Radicación n° 11001-02-03-000-2022-02153-00
Bogotá, D. C., quince (15) de julio de dos mil veintidós (2022).
Encontrándose para resolver el recurso de queja interpuesto por los demandados frente al auto de 25 de agosto 2022, mediante el cual la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal negó el de casación de la sentencia emitida el 5 de febrero de 2020 dentro del proceso verbal de responsabilidad médica de Viviana Marcela Llano Gutiérrez, actuando en nombre propio y representación de su hija Gabriela López Llano, Yazmín Gutiérrez Martínez, José Gabriel Llano Castro y Fabián Alexander López Saldarriaga contra Positiva Compañía de Seguros, Clínica Casanare, Clínica EU Salud y Saludcoop EPS, el suscrito Magistrado advierte que el asunto fue de conocimiento previo del despacho regido por el Dr. Luis Armando Tolosa Villabona, actualmente por la Dra. Martha Patricia Guzmán Álvarez, quien en AC004-2021 declaró prematura la concesión que entonces se dio al remedio extraordinario y devolvió el expediente para que el ad quem reexaminara el punto.
En consecuencia, se dispone remitir el asunto al despacho del funcionario de esta Sala que originalmente lo conoció, para lo de su cargo.
Notifíquese
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
Magistrado