AC 3337 2022

JULIO

Asistente Jurídico Inteligente

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AC3337-2022 (2022-02109-00)

        

AC3337-2022  

Radicación  n.° 11001-02-03-000-2022-02109-00  

Bogotá,  D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil veintidós (2022).  

Mediante  providencia de 12 de julio de 2022, se inadmitió la demanda de  revisión formulada  por la Comunidad Ebenezer contra la sentencia de 10 de marzo de 2022,  dictada por la Sala Civil especializada en Restitución de  Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, por no  cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 357  del Código General del Proceso.  

Según  la constancia secretarial que antecede, el término otorgado  para subsanar los defectos advertidos en el auto inadmisorio venció,  sin que la recurrente realizara ningún pronunciamiento ni  allegara escrito de subsanación.  

Por  consiguiente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 90 del  Código General del Proceso,  el  suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación  Civil,  

RESUELVE  

PRIMERO.        RECHAZAR  la demanda de revisión presentada por la Comunidad Ebenezer  contra la sentencia de 10 de marzo de 2022, dictada por la Sala Civil  especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior  del Distrito Judicial de Cali.  

SEGUNDO.        Devuélvanse  los anexos a la solicitante, sin necesidad de desglose. Cumplido lo  anterior, archívense las diligencias, previas las constancias  de ley.  

Notifíquese  y cúmplase  

LUIS ALONSO  RICO PUERTA  

Magistrado  

      

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