Asistente Jurídico Inteligente
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AC3522-2022 (2021-00868-00)
AC3522-2022
Radicación n°11001-02-03-000-2021-00868-00
Bogotá D.C., diez (10) de agosto de dos mil veintidós (2022).
1. Por auto del 7 de abril de 2022, se inadmitió el asunto de la referencia y se le concedió al actor el término de cinco (5) días para subsanar los defectos advertidos, so pena de rechazo.
2. Según informe secretarial1 del 2 de mayo de 2022, el plazo concedido para enmendar venció en silencio. De manera que como no se superaron las deficiencias advertidas, se impone rechazar la demanda de conformidad con el artículo 90 del Código General del Proceso.
En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, resuelve:
Primero. Rechazar el asunto de la referencia.
Segundo. No devolver anexos, por cuanto fueron allegados vía correo electrónico en formato digital.
NOTIFÍQUESE
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
1 PDF 0007 Documento_actuacion. Expediente digital