AC 4715 2022

OCTUBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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AC4715-2022 (2014-00772-01)

        

AC4715-2022  

Radicación  n.° 11001-31-03-012-2014-00772-01  

Bogotá,  D.C., dieciocho (18) de octubre de dos mil veintidós (2022).  

Mediante  providencia de 29 de agosto del año en curso se admitió  el recurso de casación formulado  por la convocante, Amparo Melo, frente a la sentencia de 10 de  febrero de 2022, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior  del Distrito Judicial de Bogotá; asimismo, se le  corrió traslado por el término de 30 días, a fin  de que presentara su demanda de sustentación.  

Vencido  el término al que se hizo previa referencia, el remedio  extraordinario no fue sustentado. Así las cosas, y de  conformidad con lo dispuesto en el artículo 343 del Código  General del Proceso, el  suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación  Civil,  

RESUELVE  

PRIMERO.  DECLARAR DESIERTO el recurso de  casación interpuesto por la convocante contra la  sentencia de fecha y procedencia anotadas.  

SEGUNDO.  ABSTENERSE de  imponer condena en costas, por no aparecer causadas (artículo  365-8, Código General del Proceso).  

TERCERO.  Ejecutoriada  esta providencia, remítanse las diligencias al ad  quem,  para lo de su competencia.  

Notifíquese  y cúmplase  

LUIS  ALONSO RICO PUERTA  

Magistrado      

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