AC 5356 2022

NOVIEMBRE

Asistente Jurídico Inteligente

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AC5356-2022 (2022-03734-00)

        

AC5356-2022  

Radicación  n.°  11001-02-03-000-2022-03734-00  

Bogotá,  D.C., veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintidós  (2022).  

Mediante  providencia de 2 de noviembre de 2022, se inadmitió la  solicitud de exequátur elevada  por Guillermo Loaiza Briñez, para que subsanara los defectos  relacionados en dicho auto.  

Según  la constancia secretarial que antecede, el término otorgado  para tal fin venció el día 11 de noviembre, sin que la  interesada realizara ninguna manifestación. Con posterioridad  a esa data, se radicó memorial con el fin de superar las  deficiencias advertidas, el cual, sin embargo, resulta a todas luces  extemporáneo.  

Por  consiguiente, al amparo de lo dispuesto en el artículo 90 del  Código General del Proceso,  el  suscrito Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación  Civil,  

RESUELVE  

PRIMERO.        RECHAZAR  la demanda de exequátur  presentada por Guillermo Loaiza Briñez.  

SEGUNDO.        Devuélvanse  los anexos al solicitante, sin necesidad de desglose. Cumplido lo  anterior, archívense las diligencias, previas las constancias  de ley.  

Notifíquese  y cúmplase  

Magistrado  

      

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