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ATC1772-2022
ATC1772-2022.
Radicación n°. 20001-22-14-000-2017-00268-011
Bogotá, D. C., veintiocho (28) de noviembre de dos mil veintidós (2022).
Estando el asunto para proveer la consulta de la providencia proferida el 21 de noviembre de 2022 por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, que sancionó al Mayor Carlos Alberto Rincón Arango, en calidad de Director de Sanidad Militar del Ejército Nacional, con 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes y un día de arresto, por desacatar el fallo de tutela de 4 de octubre de 2017, emanado de esa misma Colegiatura, se advierte que la Sala de Casación Civil de la Corte carece de competencia para conocer el asunto.
Lo anterior, por cuanto, de conformidad con el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991, la sanción impuesta por desacato será consultada ante el superior jerárquico de la autoridad judicial que la profirió, condición que para el caso concreto ha ejercido la Sala de Casación Laboral de la Corte, pues fungió como superior jerárquico de la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar al resolver la consulta previa de radicado 20001-22-14-002-2017-00268-01, mediante auto CSJ ATL2027-2019 del 12 de diciembre de 2019, con ponencia del Honorable Magistrado Gerardo Botero Zuluaga.
Lo expuesto, en concordancia con lo previsto en el numeral 3 del artículo 19 del Decreto 1265 de 1970, por virtud del cual «cuando un negocio haya estado al conocimiento de la sala se adjudicará en el reparto al Magistrado que lo sustanció anteriormente» y con lo contemplado en el numeral 5º del artículo 7º del Acuerdo 1480 de 2002 del Consejo Superior de la Judicatura, que dispone que «Cuando un asunto fuere repartido por primera vez en segunda instancia, en todas las ocasiones en que se interpongan recursos que deban ser resueltos por el superior funcional, el negocio será asignado a quien se le repartió inicialmente».
De acuerdo con lo expuesto, por Secretaría de la Sala, REMÍTANSE, por competencia, las presentes diligencias al Despacho de la Sala de Casación Laboral que conoció el asunto bajo el radicado 20001-22-14-002-2017-00268-01, para lo de su cargo.
NOTIFÍQUESE
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
1 Corresponde al radicado que asignó la Secretaría de la Sala de Casación Civil al hacer el reparto del asunto.