Asistente Jurídico Inteligente
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ATC723-2022
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada Ponente
ATC723-2022
Radicación nº 13001-22-13-000-2022-00141-01
Bogotá, D.C., veintisiete (27) de mayo de dos mil veintidós (2022).
Se resuelve «la impugnación a fallo de tutela» formulada por Manuel Antonio Buelvas Mendoza contra el fallo de tutela de segunda instancia STC6143-2022 de 20 de mayo, proferido en el asunto de la referencia.
1.- Este despacho confirmó el veredicto de tutela impetrado por el accionante contra la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar al estimar que no se observa la «mora o negligencia» endilgada a la Corporación accionada (20 may. 2022).
2.- Inconforme, Buelvas Mendoza «impugnó», solicitando «se tutelen [sus] derechos fundamentales invocados como amenazados, violados y/o vulnerados».
CONSIDERACIONES
1.- Ab initio, conviene señalar que, tal como lo ha reiterado la jurisprudencia de esta Corte, el proveído criticado no es susceptible de ningún recurso al no ser uno de aquellos para los que expresamente está habilitado ese privilegio. Frente al punto, en un caso de parecidos contornos, se recordó que
«(…) dentro del particular procedimiento de la acción de tutela únicamente están previstos como medios de controversia o de control de las decisiones judiciales, la impugnación de la sentencia de primera instancia, la eventual revisión de la misma y de la dictada en segundo grado, y la consulta para la providencia que impone sanciones por desacato a lo ordenado por el juez constitucional, según se infiere inequívocamente de los artículos 31, 33 y 52, inciso 2°, del Decreto 2591 de 1991, reglamentario de la aludida salvaguarda…» (ATC465-2019, reiterado en ATC453-2022).
Emerge entonces, que la decisión objetada no es susceptible de la «impugnación» invocada por el memorialista en este escenario extraordinario.
DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil,
RESUELVE
Primero: RECHAZAR DE PLANO la impugnación interpuesta contra la sentencia STC6143-2022.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Magistrada