STC16871 2022

DICIEMBRE

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STC16871-2022

        

OCTAVIO  AUGUSTO TEJEIRO DUQUE  

Magistrado  ponente  

STC16871-2022  

Radicación  nº11001-02-30-000-2022-01535-00  

(Aprobado  en sesión de diecinueve de diciembre de dos mil veintidós)  

Se  resuelve la salvaguarda que Augusto Alfonso Vélez Pérez  interpuso contra la  Unidad de Administración de la Carrera Judicial del Consejo  Superior de la Judicatura y la Universidad Nacional de Colombia;  trámite  al cual fueron vinculados todas  las autoridades,  partes  e intervinientes en el Concurso  de Jueces y Magistrados  de la Convocatoria 27 de la Rama Judicial.  

ANTECEDENTES  

            

1. El          actor pidió que se ordene a las entidades convocadas dar          respuesta          de fondo a la solicitud de exhibición elevada el día 4          de noviembre de 2022 y que, en consecuencia, programe fecha y hora          para llevar a cabo la misma.  

En  sustento, afirmó que participó  en el Concurso  de méritos para la provisión de los cargos de  funcionarios de la Rama Judicial dispuesto en el Acuerdo  PCSJA18-11077 de 2018; que, al obtener calificación  desfavorable, allegó «REPOSICIÓN  CONTRA LA RESOLUCIÓN CJR 22 – 0351» (16  sep. 2022),  en la que solicitó la exhibición del cuadernillo  original de preguntas e información sobre el procedimiento de  calificación, el nivel de desviación y de los  resultados concretos de su examen, así como que se hiciera una  revisión manual de su prueba y que se eliminaran ciertas  preguntas. Posteriormente, remitió otro escrito en el que  requirió se fijara una nueva fecha para la «jornada  de exhibición» (4  nov. 2022), ya que en la fecha en la que esta se llevó a cabo  tuvo problemas de salud. Se dolió porque a la fecha de  radicación del amparo (12 dic. 2022) ninguna de sus peticiones  había sido atendida.  

La  querellada brindó respuesta a su solicitud durante el curso de  esta actuación (14 dic. 2022).  

CONSIDERACIONES  

El  amparo se negará por carencia actual de objeto, ya que la  Universidad Nacional, en el decurso, expidió  el oficio n°CONV27RR-0644-CONV27DP-5440  de 2022, en el que respondió a cada una de las solicitudes del  actor,1  el cual se notificó al correo del interesado2  el 14 de diciembre pasado3.  Por lo tanto, el ente acusado dio respuesta de manera clara, precisa  y congruente al ruego invocado. Así, inane  resultaría emitir alguna orden al respecto cuando la queja que  suscitó la presente acción ha sido satisfecha  (STC5820-2022).  

En  suma, será negada la presente salvaguarda.  

DECISIÓN  

En  mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala  de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la  República y por autoridad de la ley, resuelve: NEGAR  el  resguardo invocado por Augusto  Alfonso Vélez Pérez.  

Infórmese  a las partes e intervinientes por el medio más expedito y  remítase el expediente a la Corte Constitucional para su  eventual revisión, de no impugnarse esta decisión.  

NOTIFÍQUESE  Y CÚMPLASE  

HILDA  GONZÁLEZ NEIRA  

Presidente  de Sala  

MARTHA  PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ  

AROLDO  WILSON QUIROZ MONSALVO  

(Ausencia  justificada)  

LUIS  ALONSO RICO PUERTA  

OCTAVIO  AUGUSTO TEJEIRO DUQUE  

FRANCISCO  TERNERA BARRIOS  

1          Ver          expediente de tutela, actuación n°9 PDF «1.CONV27RR-0644,          CONV27DP-5440 VELEZ -GARV»  

2          Visto a folio 12 del escrito de tutela.  

3          Ibidem          PDF «2.CONV27RR-0644, CONV27DP-5440 – CONSTACIA ENVIO»      

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