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STC4681-2022
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
Magistrado ponente
Radicación nº 11001-02-30-000-2022-00591-00
(Aprobado en sesión de veinte de abril de dos mil veintidós)
Bogotá, D.C., veinte (20) de abril de dos mil veintidós (2022).
Se resuelve la tutela instaurada por Risks International S.A.S. contra el Consejo Superior de la Judicatura – Mesa de entrada.
ANTECEDENTES
1. La accionante pidió que se ordene a la autoridad convocada emitir respuesta sobre la petición que formuló el 13 de septiembre de 2021. En sustento, dijo que solicitó incluir el documento de identificación como método de búsqueda en la página web de consultas de procesos de la Rama Judicial y, que se le brinde acceso a dicha información mediante el uso del número de identificación. No obstante, dada la ausencia de respuesta, reiteró lo pedido el 17 de noviembre siguiente1, sin que a la fecha de formulación de este amparo (31 mar. 2022), la querellada hubiere resuelto lo planteado.
2. El Consejo Superior alegó que mediante oficios DEAJIFO22-23 (21 ene. 2022) y CDJO22-275 (6 abr. 2022), resolvió lo solicitado por la accionante.
CONSIDERACIONES
La salvaguarda no tiene vocación de prosperidad toda vez que, previo a la radicación del amparo y durante el trámite de esta acción constitucional, la autoridad convocada a través de los oficios DEAJIFO22-23 y CDJO22-275, respondió la petición instaurada por Risks International S.A.S. Así se configura el hecho superado, el cual lo ha indicado esta Corporación en diversas oportunidades, como la ocurrida en STC15786-2021.
DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Constitución, NIEGA la tutela instada por Risks International S.A.S.
Infórmese a los participantes por el medio más expedito y remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de no impugnarse esta resolución.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Presidente de Sala
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
Ausencia justificada
LUIS ALONSO RICO PUERTA
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
FRANCISCO TERNERA BARRIOS
1 Expediente, Folio 23.